Ciudad de México. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Poder Legislativo de Nuevo León que reanude el procedimiento para elegir al fiscal de justicia de esa entidad con los aspirantes que ya han cumplido con los requisitos de elegibilidad y no reabra la posibilidad de que participen en ese proceso quienes no contaban con carta de no antecedentes penales.
Lo anterior fue notificado este viernes a través de la lista de acuerdos en el apartado correspondiente a la Controversia Constitucional 283/2022, ya que el pasado 7 de agosto el Congreso neoleonés emitió un acuerdo que la Corte consideró había excedido lo ordenado en la sentencia de este caso.
De esa manera, el máximo tribunal del país determinó que el Poder Legislativo de Nuevo León debe reanudar “el procedimiento desde la etapa final, absteniéndose de efectuar diligencias o establecer medidas ajenas a esa fase, por lo que sólo se está pendiente de elaborar la lista fundada y motivada con las personas aspirantes que cumplan con los requisitos constitucionales y legales”.
Ya que “con la intención de dar cumplimiento a la referida sentencia, el 7 de agosto de 2024 la Comisión Anticorrupción del Congreso emitió un nuevo acuerdo en el que apercibió a los 42 aspirantes que no contaban con la carta de no antecedentes penales en su expediente para que subsanen la omisión, en el entendido de que, si el aspirante no da cumplimiento a dicho apercibimiento, se desechará de plano su solicitud”.
Por ello la Segunda Sala concluyó que esta determinación incumple los requisitos previstos en la convocatoria, específicamente, la verificación de que, al momento de presentar su solicitud, el aspirante haya anexado la carta. Por lo anterior, la medida excede los efectos de invalidez decretados en la controversia.