La Asociación Nacional de Magistrados de Circuito y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación (JUFED), convocó a sus integrantes a votar “para la suspensión temporal de las actividades jurisdiccionales derivada de la iniciativa de Reforma Judicial presentada por el Poder Ejecutivo, misma que será discutida por el Poder Legislativo”.
La organización señala que en caso de un voto mayoritario por el paro de actividades, quedando solo juzgados y tribunales de guardia para atender los casos que requieran urgente resolución.
La JUFED señala en su convocatoria “la suspensión de labores dará inicio a las 00:00 horas del día miércoles 21 de agosto de 2024 y continuará, hasta que se cumplan nuestras peticiones, y dicha suspensión se levantará con la aprobación de las Mesas Directivas Nacional y Regionales”.
Sin embargo, la JUFED, encabezada por la jueza Juana Fuentes Vázquez, señala que “esta asociación, está abierta al diálogo cierto que dé pauta a una negociación en la que a través de consensos se llegue a la mejor de las propuestas por el bien del Poder Judicial de la Federación como garante de la seguridad jurídica en México”.
Según la información difundida “en reuniones de las mesas directivas nacional (8 de agosto de 2024) y conjunta con regionales (9 del propio mes y año) se aprobó por unanimidad de los que asistieron, realizar las acciones necesarias para la suspensión de las actividades jurisdiccionales como medio legítimo de defender la independencia judicial para evitar la regresividad de la calidad de la justicia
en los términos que propone el Plan C; propuesta que fue planteada por diversos titulares y circuitos en asamblea general extraordinaria de 18 de junio de 2024”.
La organización considera que “la suspensión temporal del trabajo, en uso de un derecho de rango máximo” y que “para justificar una medida de tal trascendencia, y al no existir precedente alguno en el ámbito nacional, es necesario tener el respaldo de la mayoría de las y los titulares de los órganos jurisdiccionales federales para tener la legitimación que nos dé fortaleza ante los poderes ejecutivo y legislativo, pero sobre todo, por la atención y respeto que la sociedad en general merece.
“La suspensión de la actividad jurisdiccional es un acto jurídico que sólo puede decretar la mayoría de un colectivo que disfruta del mismo derecho, por lo que hay que satisfacer requisitos sustantivos y formales.
En su convocatoria precisa que busca que “se respete el Estado de Derecho por medio de la garantía de la independencia judicial y no se ponga en riesgo la carrera judicial mediante la elección por voto popular para acceder a los cargos de Jueces, Magistrados y Ministros del Poder Judicial de la Federación”.
De igual manera los jueces y magistrados solicitan “al Congreso que detenga el actual proceso de reforma, dadas sus tantas imperfecciones, para reencauzar la discusión pública hacia una reforma integral bien meditada para enfrentar las causas estructurales que vienen debilitando sostenidamente la calidad de la justicia.
“La suspensión de actividades jurisdiccionales comprenderá a todos los órganos del Poder Judicial de la Federación que ejerzan esa función, siendo estos los Plenos Regionales, Tribunales Colegiados de Circuito, Tribunales Colegiados de Circuito Auxiliares, Tribunales Colegiados de Apelación, Centros de Justicia Penal Federal, Juzgados de Distrito, Juzgados de Distrito Auxiliares, Centro Nacional de Justicia Especializado en Control de Investigación, Arraigo e Intervención de Comunicaciones y Tribunales
Laborales Federales de Asuntos Individuales y Colectivos”.