Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este miércoles la reforma que a partir del 2023 amplió el número de días de vacaciones pagadas para las personas trabajadoras en el país, luego de que una empresa constructora se inconformó alegando que dicho aumento perjudica tanto al patrón como al empleado.
La reforma a los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, publicada el 27 de diciembre del 2022, estableció que las personas trabajadoras que cumplan un año laborando en la misma empresa tienen derecho a disfrutar de un periodo vacacional pagado que no podrá ser menor a 12 días, y aumentará en dos días laborables cada año hasta llegar a 20. Anteriormente, el periodo iniciaba con seis días.
El caso llegó a la Corte mediante el amparo en revisión 990/2023 que promovió la empresa GND Constructora, Sociedad Anónima de Capital Variable, y que resolvió en la Segunda Sala con el proyecto del ministro Luis María Aguilar Morales.
La empresa, que recibió un revés de los ministros, alegó la reforma viola los principios de legalidad, seguridad jurídica y proporcionalidad tributaria, protegidos en la Constitución y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, lo que perjudica no sólo al patrón sino también al trabajador.
Señaló que la reforma al artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo conlleva el pago de diversos impuestos y contribuciones de seguridad social, lo que causa un daño económico a la quejosa.
“Ello, porque aumentar los días de vacaciones implica el aumento en la determinación y pago de contribuciones como el Impuesto Sobre la Renta, el Impuesto Sobre Nómina, así como la determinación del Factor de Integración ante el Instituto Mexicano de Seguro Social, con motivo de los incentivos asociados a las vacaciones que son importantes para la motivación de los empleados.
“Uno de esos incentivos es la prima vacacional, un pago adicional al salario del empleado para que disfrute de sus días libres”, señaló.
Sin embargo, el proyecto de Aguilar concluyó que “la Justicia de la Unión no ampara ni protege a GND Constructora en contra de los artículos 76 de la Ley Federal del Trabajo y segundo transitorio del ‘Decreto por el que se reforman los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, en materia de vacaciones’”.