Ciudad de México. Yasmín Esquivel Mossa, ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dio a conocer tres propuestas para que quienes ya tienen una trayectoria en la carrera judicial, puedan acceder de manera “prioritaria” a los cargos de juzgadores que se definirían por voto popular, en caso de que la reforma en la materia sea aprobada.
Al participar en el séptimo foro de los Diálogos Nacionales sobre la Reforma al Poder Judicial, en la Cámara de Diputados, la togada indicó que hay un “gran número de personas juzgadoras en funciones, federales y locales, con acreditada solvencia profesional, debido a que su acceso al cargo fue calificado conforme a los parámetros de aptitud establecido por el propio Congreso de la Unión”.
Luego de recordar que la estabilidad en el cargo de estas personas está protegida por el artículo 97 constitucional, Esquivel consideró que, “si bien todas ellas deben someterse al escrutinio público a través del voto popular con rigor técnico, no podemos hablar propiamente de una elección, pues ya se encuentran desempeñando sus puestos”.
Por lo anterior, dijo, “debemos pensar en un procedimiento transitorio único de revocación del cargo”, similar al que existe en el caso del Presidente de la República, “que es un sistema de participación ciudadana, respecto del cual inclusive ya tuvimos un ejercicio exitoso orquestado en todo el país por el INE en 2022”.
En ese marco, adicionó a su propuesta original sobre la reforma judicial “un artículo transitorio para que tanto magistrados de circuito como jueces de distrito actualmente en funciones, participen en una jornada nacional de revocación del cargo dentro de la circunscripción electoral en donde se desempeñan a fin de que se les revoque su nombramiento, si así lo determina la mayoría ciudadanía”.
Lo anterior, “dentro de una participación de al menos de 40 por ciento de personas inscritas de la lista nominal de electores que corresponda, o bien el porcentaje que esta soberanía considere conveniente”.
Esquivel Mossa recalcó que, si a las personas juzgadoras “no se les revoca el cargo y si además ya se encontraban ratificadas, conservarán sus nombramientos por todo el tiempo por el que fueron designadas. Y en cambio las no ratificadas continuarán ejerciendo el cargo en los términos de la iniciativa por un lapso de 9 años, quedando en aptitud de participar en la subsecuente elección”.
Su segunda propuesta, para “no interrumpir carrera judicial de secretarios, actuarios y demás trabajadores del Poder Judicial, es que “quienes ya están laborando en los diferentes órganos jurisdiccionales, se les permita acceder a los procesos de elección popular en forma prioritaria, siempre y cuando cumplan requisitos del artículo 97 de la iniciativa constitucional”.
En tercer lugar, “y para una transformación de fondo del Poder Judicial Federal como acción afirmativa, que la primera elección de los ministros de la SCJN y tribunales colegiados y juzgados de distrito se postule exclusivamente a mujeres, para lograr su mayor presencia en los órganos de impartición de justicia”.
Con sus matices, el magistrado Juan Luis González Alcántara propuso un esquema similar al descrito por Esquivel. Durante su participación en los foros, dijo que, si el voto popular como medio de elección de personas juzgadoras es un “irreductible hecho”, propondría que ese sufragio “permita evaluar el desempeño” de éstas.
“Usemos las urnas para decidir si los jueces y magistrados han realizado satisfactoriamente su trabajo y que, por tanto, deban de permanecer en el cargo o bien deban ser removidos. El voto popular no debe de ser una herramienta para convertir a los amigos del poder en jueces o en magistrados. Al contrario, el voto popular sí puede servir para premiar o incluso para castigar a jueces formados en la carrera judicial y así responsabilizarlos frente a la sociedad”, apuntó.