Ciudad de México. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) no ha presentado la denuncia penal en contra del juez que le ordenó nombrar a las dos magistraturas vacantes del pleno de la sala superior, y tampoco ha definido a quién llamará para hacer quorum en la sesión de la calificación de la elección presidencial.
Al mismo tiempo, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón aclaró que tanto él como Janine Otálora votaron a favor de rechazar la citada decisión del juez noveno de distrito en materia administrativa de la Ciudad de México, Rodrigo de la Peza López Figueroa, e incluso llevar el tema al Consejo de la Judicatura, pero no ir a la vía penal porque ello significaría amedrentar
la independencia judicial.
Yo voté en contra (de la denuncia penal) porque un criterio emitido por las instancias internacionales es que los jueces deben tener garantías en las condiciones de su función para llevarla a cabo de manera independiente
, explicó Rodríguez Mondragón.
Cuando uno recurre a denuncias penales sin haber seguido un proceso que concluya con alguna determinación que sí motive una denuncia de ese tipo, tiene un efecto de inhibición de esa independencia, de amedrentamiento a la instancia judicial
, subrayó.
Indicó que para el pleno de la sala superior es perfectamente claro que la definición de los magistrados del TEPJF, ante una ausencia definitiva y para casos urgentes como la sesión de la calificación presidencial, es competencia de este Tribunal, por lo que el juez se tuvo que haber inhibido de esa decisión.
Esa diferencia de criterios podría derivar en alguna consecuencia. Por eso voté a favor de presentar la queja correspondiente ante el Consejo de la Judicatura, herramienta pertinente en este momento
, comentó en entrevista al término de la sesión del pleno de la sala superior.
En cuanto a la posición del juez, Rodríguez Mondragón respondió que hay una tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que establece que en el nombramiento de autoridades electorales no procede el amparo.
En el caso de las magistraturas de la sala superior del TEPJF su designación corresponde al Senado, a partir de una terna presentada por la Suprema Corte.
Cuando lo anterior no ocurre, toca a los magistrados de esta misma sala llamar al magistrado de mayor antigüedad para que se integre debido a que para la sesión de la calificación presidencial el quorum mínimo es de seis y actualmente sólo hay cinco magistraturas.
Hasta el momento todavía no se analiza formalmente el punto entre los integrantes del pleno y es la magistrada presidenta quien debe presentar el proyecto de acuerdo respectivo.
En todas las salas del TEPJF hay magistraturas en funciones, como modo de cubrir vacantes; lo mismo ocurre en todos los tribunales estatales y la sala superior debería seguir esa figura.