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Juez permite arraigo domiciliario a Brenda Quevedo Cruz

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Hace dos años los abogados de Quevedo Cruz solicitaron al juez un amparo para que su representada continuara su proceso en libertad, usando un brazalete electrónico. Foto tomada de Facebook
24 de junio de 2024 23:45

El Juez de Distrito Primero de Distrito de Procesos autorizó el cambio de la medida cautelar de prisión preventiva de Brenda Quevedo Cruz, por arraigo domiciliario. Además le impusieron vigilancia de la Policía Federal Ministerial, el uso de localizador electrónico -cuyo costo correrá a cargo de la Fiscalía, quien lo solicitó-, así como la prohibición de salir sin autorización judicial de la zona conurbada de la Ciudad de México ni del país, además de la prohibición de comunicarse o acercarse a la víctima indirecta o a su domicilio.

Se espera que sea liberada en las próximas horas y siga su proceso fuera del centro penitenciario bajo la representación del El Instituto Federal de la Defensoría Pública (IFDP).

Lo anterior, en cumplimiento de la resolución del Primer Tribunal Colegiado de Apelación del Primer Circuito en el toca penal 176/2022 del 21 de junio, donde determinó el cese de prisión preventiva como medida cautelar impuesta, al considerar que no se justifica la prolongación por tratarse de una medida excepcional y al no existir una necesidad actual y real para que continúe, ya que los factores que en su momento la justificaron han variado con el transcurso el tiempo.

Brenda Quevedo Cruz, una de las presuntas involucradas en el plagio y homicidio de Hugo Alberto Wallace en julio de 2005, fue privada de la libertad el 28 de noviembre de 2007 en Kentucky, Estados Unidos de América, y extraditada a México el 25 de septiembre de 2009, por la supuesta comisión de los delitos de delincuencia organizada y privación de la libertad en la modalidad de secuestro.

El IFDP tiene la representación legal de Brenda Quevedo, y desde septiembre de 2019, impulsó diversas acciones legales con la finalidad de que cesara la medida cautelar de prisión preventiva impuesta dentro de la causa penal 286/2019 del índice del Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales, en tanto que consideraron que la prolongación del plazo para ser juzgada y por lo tanto de la prisión preventiva por más de 15 años a la que estuvo sujeta, no es razonable y, por el contrario, resulta excesiva.

El IFDP apuntó que Brenda Quevedo es sobreviviente de actos de tortura sexual, ocurrida en el contexto de su detención y privación de la libertad, violaciones que recientemente se acreditaron en la recomendación VG127/2023 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, así como en la Opinión 45/2020 del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de Naciones Unidas, “en dónde señaló su preocupación, al ser uno de los muchos casos que se le han presentado relacionados con la privación arbitraria de la libertad que podrían dar cuenta de una práctica sistemática. Actualmente, su caso se encuentra en etapa de fondo ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

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