Ciudad de México. La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negó amparar a seis hermanas en Oaxaca que acusan que su abogado dobleteó a favor y en contra en el juicio que perdieron contra su hermano, en el que se disputan una herencia de tierras ejidales.
Según las quejosas, fueron “engañadas” por el litigante Omar Lazcares Colmenares para conseguir que las representara, pues además omitió que representaba a su hermano. Luego de un proceso de impugnaciones, interpusieron un juicio denunciando la vulneración a su derecho a una defensa técnica adecuada, llegando el caso a la Corte como el amparo directo en revisión 1076/2024, el cual fue desechado por la Segunda Sala con cuatro votos contra uno, el de Lenia Batres.
De acuerdo al expediente, la disputa inició con un juicio agrario en 2021 cuando Francisco Osias Cruz Padilla demandó la declaratoria como único y legítimo sucesor de los derechos agrarios de su fallecido padre, Jesús Cruz Serna, dentro del ejido denominado Santiago Etla, Municipio San Lorenzo, Cacaotepec, Oaxaca. El Tribunal Unitario Agrario del Distrito Veintiuno le dio la razón.
Inconformes, sus hermanas Abimael Itaí, Esaú Jamin, Vagdai Marta, Dalila Xóchitl, María Concepción y María Del Rosario, todas de apellido Cruz Padilla, promovieron juicio de amparo ante el Tribunal Unitario, instancia que ordenó que les fuera asignado un defensor de oficio de la Procuraduría Agraria, al no centrar con uno.
“Ninguna persona de la Procuraduría Agraria acudió para asesorarlas, pero las abordó Omar Lazcares Colmenares, quien les comentó (de forma dolosa) que era sólo un procedimiento administrativo y que él iba a acompañarlas y que las llamarían para firmar el acta de audiencia; que sin mediar lectura de dicha acta, le dijeron que la firmaran porque diferirían la audiencia, ya que su hermana María Luisa Cruz Padilla no tenía asesor, que se podían retirar y que les avisarían la fecha para que debían presentarse”, narra el expediente.
Finalmente, el Tribunal negó el amparo a las hermanas, por lo que procedieron a interponer un recurso de revisión contra la sentencia anterior, mientras que su hermano presentó una revisión adhesiva.
En la Corte, el proyecto estuvo a cargo del ministro Javier Laynez Potisek, en la Segunda Sala. La resolución fue que no era procedente que el máximo tribunal revisara el caso al no contener ningún tema constitucional o relativo a algún tratado internacional.
Lo anterior fue debatido por la ministra Lenia Batres, subrayando que la Corte sí tendría que revisar el caso porque se trata de una violación el derecho humano a una defensa adecuada.
“Una defensa adecuada es fundamental para materializar la protección de los derechos y pretensiones, no es correcto obviar mucho menos en instancias agrarias, que con el simple hecho de que la autoridad responsable en la litis tenga por autorizados a los abogados de las partes haya cumplido con su función garante, pues en el caso que nos ocupa queda evidenciada la omisión de advertir o prever un posible conflicto de intereses al tomar protesta a un mismo abogado que representa los interés de partes contrarias, e incluso configurarse alguno de los delitos previstos en el Título II Delitos cometidos por abogados, patronos y litigantes del Código Penal Federal”, señaló Batres.