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Vulneró AMLO imparcialidad y equidad en Mañanera del 12 de abril: TEPJF

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El presidente Andrés Manuel López Obrador durante una conferencia de prensa matutina en imagen de archivo. Foto Cristina Rodríguez
20 de junio de 2024 18:31

Ciudad de México. La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) concluyó que el presidente Andrés Manuel López Obrador incurrió en distintas infracciones electorales durante la conferencia matutina del 12 de abril pasado.

Lo anterior, por mencionar logros y acciones de gobierno que constituyeron propaganda gubernamental en periodo prohibido (campañas), además por manifestar su rechazo hacia una de las opciones políticas, lo que puede provocar una influencia indebida en las contiendas.

Las acciones anteriores derivan en uso indebido de recursos públicos y vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad.

“Además, fueron de carácter electoral (por el rechazo hacia una candidatura y opciones políticas distintas a la que lo llevó al poder) y fueron susceptibles de generar una influencia indebida en los proceso electoral federal y locales”, señaló la Sala después de la votación unánime del proyecto elaborado por el magistrado presidente Luis Espíndola, en respuesta a una queja del PRD.

El presidente no puede ser sancionado, porque así lo señala la Constitución y criterios de la Sala Superior del máximo tribunal electoral del país, y solo se declara su responsabilidad en los hechos.

En este asunto, de la mañanera del 12 de abril, se dio vista al Organo Interno de Control de la Presidencia de la República pero solo en relación a funcionarios de comunicación social, responsables de la difusión de estas conferencias de Palacio Nacional.

En otro asunto, por mayoría de dos votos contra uno, se determinó que las expresiones de dos columnistas en contra de candidatas no fue violencia política – en un texto el autor se refirió a la aspirante como ‘la vieja’ de un funcionario-. El argumento de los magistrados Espíndola y Rubén Lara es que las manifestaciones están amparadas por la libertad de la actividad periodística.

La ponente, Mónica Lozano, visiblemente conmovida por las posiciones de sus colegas, expresó: “¿Por qué estamos normalizando la violencia? Debemos dar altos márgenes de interpretación.

“A estas mujeres les diría, desde el fondo de mi corazón, que no dejen de denunciar, que lo hagan por nuestras hijas, por nuestras nietas...Me llevo mis sentencias, serán mi voto particular”.

Los magistrados agregaron que reconocen la valentía de las denuncias, sin embargo, subrayaron que para este tipo de asuntos, relacionados con violencia política contra las mujeres en razón de género, hay que atender los criterios emitidos por la Sala Superior del TEPJF.

Recordaron que en ocasiones anteriores, como la semana pasada (al señalar la responsabilidad de violencia simbólica del Presidente López Obrador, por comentarios respecto de Xóchitl Gálvez, entonces aspirante a la candidatura presidencial), esta Sala ha sido clara en marcar los límites, pero hay casos en los que no se puede dar ese alcance a las sentencias.

Todas las resoluciones de la Sala Especializada pueden ser impugnadas ante la Sala Superior de este mismo Tribunal.

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