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TEEG revoca medida que sancionaba a cinco medios de comunicación

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Sesión del Tribunal Electoral de Guanajuato. Foto tomada de su perfil de X
31 de mayo de 2024 16:41

Guanajuato, Gto. El Tribunal Electoral del Estado de Guanajuato (TEEG) revocó la medida cautelar del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) donde ordenó a cinco medios de comunicación bajar notas periodísticas donde documentaron declaraciones del diputado local del PVEM, Gerardo Fernández González; denunciadas como violencia política por parte de la alcaldesa panista de León, Alejandra Gutiérrez Campos.

“Se propone revocar la medida cautelar impuesta y enviar en consecuencia, ordenar a la Comisión de Quejas y Denuncias a que emita una nueva determinación conforme a las directrices ordenadas en la sentencia”, señaló el secretario de Ponencia, Francisco de Jesús Reynoso Valenzuela, al leer el proyecto de resolución JE14/2024.

La Comisión de Quejas y Denuncias del IEEG tiene 72 horas, a partir de la notificación de la sentencia, para emitir un nuevo acuerdo de medidas cautelares.

El proyecto señala que la Comisión “realizó un análisis incorrecto de los hechos al momento de decretar la medida, pues ordenó a los medios de comunicación el retiro de las notas periodísticas, sin revisar de manera exhaustiva cómo habían presentado los hechos y cuál era el contexto informativo que atendieron”

Era necesario que el órgano electoral revisara exhaustivamente el caso para tener elementos claros y suficientes para determinar si las notas tenían elementos que acreditarán violencia política, puntualiza el proyecto elaborado por la presidenta del Tribunal, María Dolores López Loza.

“Más aún, si se considera, que ninguna de las notas presentó o difundió el video que la responsable estimó que contenían las expresiones que actualizaban dicha violencia”, puntualiza.

Agrega que el hecho de que la Comisión de Quejas del IEEG haya realizado un estudio preliminar de las notas, con base a la jurisprudencia 21/2018 de la Sala Superior, no es suficiente para considerar que la medida cautelar este debidamente motivada.

“Era indispensable que partiera del estudio de lo que expresamente dieron a conocer los medios de comunicación, a efecto de brindar razones suficientes que justifiquen su imposición y no que la hicieran depender de otros hechos que no les eran atribuibles”, recalca el proyecto.

La magistrada, Yari Zapata López, fue la única que votó en contra del proyecto al considerar que los medios de comunicación y periodistas también pueden incurrir en violencia política de género.

“Sus expresiones generan una presunta afectación en la esfera de los derechos político-electorales de quienes son objeto de sus críticas, por lo que resulta correcto el proceder de la Comisión de Quejas”, consideró al mencionar otro caso donde hubo una sentencia por violencia política.

La magistrada presidenta enfatizó que no compartía las razones de disenso expuestas por Yari Zapata “porque estamos en un supuesto distinto, porque en ese asunto se analizó una postura por un consultor en comunicación política y no las notas que se estudian en este proyecto”.

“En el proyecto no se está resolviendo si las notas son o no constitutivas de violencia, se ordena que analicen su contenido, fue incorrecta la medida cautelar contra los medios con base a hechos que se atribuyeron a otras personas y no por actos propios”, remató.

El caso

La alcaldesa de León, Alejandra Gutiérrez Campos, denunció por violencia política al diputado, Gerardo Fernández González, por declarar que estaba deprimida por no lograr la candidatura del PAN a la gubernatura y que eso se notaba en su forma de gobernar.

A raíz de una denuncia por violencia política, el IEEG emitió una medida cautelar ordenando a cinco medios de comunicación bajar notas informativas donde consignan las declaraciones del legislador contra la presidenta municipal de León.

La Comisión de Quejas y Denuncias del IEEG declaró improcedente “ordenar al denunciado Gerardo Fernández González el abstenerse de realizar nuevamente expresiones similares a las denunciadas”, pero declaró procedente ordenar a los medios Códigos, Página Central, Zona Franca, Quadratín, y Kuali “retirar” las notas.

Los medios Kuali y Códigos impugnaron la medida cautelar al considerar que se atenta contra la libertad de expresión y contra el ejercicio periodístico.

Periodistas integrantes del Consejo Estatal de Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas han alertado que las medidas cautelares atentan contra la libertad de expresión, así como al derecho que tienen los guanajuatenses de estar informados y saber literalmente, sin sesgos, las posturas de los candidatos, políticos y gobernantes.

Por la emisión de este tipo de medidas cautelares, el 22 de abril medios de comunicación clausuraron simbólicamente las instalaciones del IEEG.

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