Ciudad de México. Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se pronunciaron por mayoría de ocho votos a favor de la validez de las reformas a la Ley Federal del Derecho de Autor que facultaron a los proveedores de servicios en línea –como lo es Facebook– a retirar, inhabilitar o suspender unilateralmente contenidos que se encuentran en sus sistemas, cuando puedan constituir violaciones a los derechos de autor, obligaciones contractuales u otras disposiciones legales aplicables,
Al presentar su proyecto el ministro Javier Laynez Potisek, propuso declarar inconstitucional dicha facultad, al estimar que pueden generar arbitrariedades por parte de los proveedores de servicios en línea, en tanto que no existe claridad sobre cuáles son los motivos, razones o circunstancias que deben considerar para dar de baja una publicación por supuestamente violar derechos de autor.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa se pronunció en contra del proyecto y por reconocer la validez de las disposiciones impugnadas, ya que el referido mecanismo para inhabilitar materiales digitales, además de buscar la protección de los derechos de autor, también tiene como finalidad impedir que se difundan contenidos que vayan en contra de mandatos legales expresos, como lo pueden ser discursos de odio o pornografía infantil.
Esquivel Mosso señaló que la facultad otorgada a los proveedores de servicios en línea está encaminada a evitar infracciones a las obligaciones que surgen de los contratos de adhesión que los usuarios aceptan al suscribirse a las plataformas.
Por la validez de las normas se pronunciaron los Ministros Alberto Pérez Dayán, Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf y Margarita Ríos Farjat; mientras que Luis María Aguilar Morales, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Juan Luis González Alcántara Carrancá porque se invalidara todo el sistema; y la Ministra Lenia Batres Guadarrama por la invalidez parcial de la norma.