Ciudad de México. A pesar de que Morena presentó cuatro quejas por espots del PRD que parecen ser un flash informativo en los que se informa que la candidata de la coalición “Sigamos haciendo historia”, Claudia Sheinbaum, pierde puntos por diversas razones, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) las desechó por considerar que “los mensajes que se transmiten se encuentran dentro de los parámetros establecidos para este tipo de propaganda electoral”.
Morena señaló que estos promocionales de radio parecen una cápsula informativa, por lo que se trata de uso indebido de la pauta, pues es “presunta propaganda electoral engañosa”.
Sin embargo, por mayoría de votos, esta comisión resolvió que las medidas cautelares son improcedentes porque los espots son de naturaleza electoral y se encuentran amparados en la libertad de expresión y libre configuración de los contenidos.
Por ello, “no se advierte que su difusión ponga en riesgo los principios de equidad y legalidad en la contienda”.
No obstante, la consejera Rita López se pronunció en contra, al señalar que el diseño y contenido de estos promocionales de radio “no abonan a la certeza de la información que se vierte en ellos porque pareciera que es un flash informativo y puede causar confusión en el electorado, la forma como está planteado y el contenido de un flash informativo”.
Desde su análisis en estos espots en los que se dice que en Palacio Nacional “se encienden las alarmas porque Sheinbaum llamó “ambicioso” al presidente Andrés Manuel López Obrador” o en donde se expone que cuando fue jefa de gobierno de la CDMX ocultó más de 300 mil muertes por Covid o que el dinero de cuentas en el extranjero no son suyas, es contenido donde existe la probable imputación de hechos falsos.
“Falta un análisis más exhaustivo y que pueda separarse de los hechos falsos, el uso indebido de la pauta como si fueran noticia”, aseveró.
Sin embargo, los consejeros Claudia Zavala y Arturo Castillo votaron a favor de declararlos improcedentes, como lo propuso la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, por lo que Morena podría impugnar esta determinación ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).