Ciudad de México. La Secretaria de Gobernación publicó en la edición vespertina de Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo por el cual se deroga el último párrafo del inciso a) de la fracción II del artículo 58 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Dicho mandato impide interponer un recurso de queja en más de una ocasión. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, es decir este miércoles 22 de mayo.
El documento deroga el último párrafo del mencionado artículo, fracción II inciso a), el cual dice: “La queja sólo podrá hacerse valer por una sola vez, con excepción de los supuestos contemplados en el subinciso 3, caso en el que se podrá interponer en contra de las resoluciones dictadas el cumplimiento a esta instancia”.
Artículo Único. Se deroga el último párrafo del inciso a) de la fracción II del artículo 58 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, para quedar como sigue:
ARTÍCULO 58.- ...
I...
II....
a)...
1.- a 4.- ...
Se deroga
b) a g) ...
III. Y IV. ...