Ciudad de México. Un tribunal colegiado en materia administrativa revocó la suspensión provisional que un juez concedió a la organización Educación con Rumbo, que ordenaba a la Secretaría de Educación Pública federal y a la Comisión Nacional para la Mejora Continua de la Educación (Mejoredu) realizar la Prueba Estandarizada de la Dirección de Educación de la OCDE, examen PISA.
La prueba PISA evalúa los conocimientos y habilidades de estudiantes de 15 años, en matemáticas, lectura y ciencias, a través de exámenes estandarizados de opción múltiple con los que se busca conocer qué tan adecuadamente los alumnos pueden resolver problemas complejos, pensar críticamente y comunicarse de manera efectiva.
Por unanimidad, los magistrados Víctor Hugo Velázquez Rosas, David García Sarubbi y Rosa González Valdés, dejaron sin efecto la medida cautelar que la semana pasada le otorgó la jueza Ana Luisa Hortensia Priego Enríquez, titular del Juzgado Décimo Tercero de Distrito en Materia Administrativa en Ciudad de México a la organización no gubernamental.
En sesión extraordinaria celebrada este lunes vía remota, los magistrados determinaron que hay algunas consideraciones donde se establece que la adopción de la prueba Pisa no está dentro de una parámetro constitucional.
“Esto será materia de estudio de fondo a la luz del análisis minucioso que se haga tanto de los instrumentos por los cuales el Estado mexicano se adhiere a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) para lo que hace en especifico a esta prueba Pisa, eventualmente este Colegiado no podría pronunciarse desde ahorita ni prejuzgar sobre esa cuestión que eventualmente en libertad de jurisdicción se tendrá que realizar”, señaló ell magistrado presidente del tribunal David García Sarubbi.
La organización Educación con Rumbo promovió el juicio de amparo a finales de abril contra la negativa de las autoridades federales a que México sea evaluado por Organismos Especializados a través de métricas internacionales.
En tanto, la jueza Ana Luisa Hortensia Priego Enríquez agendó la audiencia incidental para el próximo 27 de mayo, donde determinará si concede la suspensión definitiva de los actos reclamados.
No obstante, la SEP y Mejoredu también podrán impugnar el fallo de primera instancia para que el caso se turne una vez más tribunal colegiado, para que determine nuevamente si confirma, modifica o revoca la resolución de la juez federal.