Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Tribunal Electoral de la Ciudad de México (TECDMX) no tiene competencia para pronunciarse respecto de la reducción presupuestal establecida en 2022 por el gobierno capitalino para el Instituto Electoral local.
Lo anterior al resolver una controversia constitucional promovida por el Poder Ejecutivo de la Ciudad de México en contra de la sentencia emitida por el TECDMX.
La Primera Sala echó abajo la determinación del Tribunal Electoral que estableció que en subsecuentes ejercicios fiscales, se abstuviera de intervenir en la configuración del presupuesto, inaplicando la Ley de Austeridad, Transparencia en Remuneraciones, Prestaciones y Ejercicio de los Recursos de la Ciudad de México.
En ese contexto el máximo tribunal del país resolvió que el “Tribunal Electoral local fundamentó su competencia interpretando de manera incorrecta que todo lo relativo al presupuesto del Instituto Electoral de la Ciudad de México podía ser revisado por la justicia electoral”.
Por ello, la Primera Sala determinó que el Tribunal Electoral de la Ciudad de México carece de competencia para conocer de la presunta reducción del Presupuesto de Egresos del Instituto Electoral 2022.
La Corte definió que el tema “constituye un problema de distribución de competencias, lo cual implica un análisis constitucional a la luz del principio de división de poderes, a cargo de esta Suprema Corte” y declaró la invalidez de la sentencia dictada por el Tribunal Electoral de la Ciudad de México.