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Ordena INE a AMLO modificar o eliminar 'Mañanera' del 23 de abril

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El presidente Andrés Manuel López Obrador durante conferencia de prensa el pasado 23 de abril de 2024. Foto Pablo Ramos
03 de mayo de 2024 17:08

Ciudad de México. Por difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador modificar o eliminar su conferencia matutina del 23 de abril pasado, en la que se refirió al programa de Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores y del Fondo de Pensiones para el Bienestar.

A partir de una denuncia del panista Federico Döring, se resolvió dictar la medida cautelar “toda vez que del análisis del contexto de ese discurso se advierte de forma preliminar que realizó manifestaciones que bajo la apariencia del buen derecho podrían constituir propaganda gubernamental indebida”.

En la discusión del proyecto, la consejera Rita Bell López manifestó su desacuerdo en que también se determinara que existe una vulneración al principio de imparcialidad en la contienda, pues en el discurso del Presidente no se advierte que se pronuncie “a favor o en contra de alguna de las candidatura o de alguno de los partidos políticos”.

Sin embargó, sí emitió expresiones “que preliminarmente podrían constituir una transgresión a las normas en materia de propaganda gubernamental”.

En sesión, la consejera Claudia Zavala, presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias, señaló que “en la medida en que avanza más la campaña electoral, me parece que la exigencia debe de ser mayor”. En este sentido, enfatizó que “ningún gobierno ni estatal ni municipal y mucho menos federal debería de tratar estos temas porque sí tiene su voz una influencia frente a la sociedad”.

Por otro lado, los consejeros declararon la improcedencia de la medida cautelar en su vertiente de tutela preventiva, solicitada por Döring, toda vez que ya existe al menos un pronunciamiento de la Comisión vinculado con ese tema y precisaron que en cuanto al uso indebido de recursos públicos, ello debe ser analizada en el fondo del asunto por parte de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

En otro asunto, las consejeras Zavala y Bell López, así como el consejero Arturo Castillo aprobaron por unanimidad que el PAN sustituya un espot de televisión correspondiente al proceso electoral en el estado de Morelos, por la presunta vulneración al interés superior de la niñez, ya que aparecen menores de edad y no se acreditó su pleno consentimiento y autorización.

También, la comisión ordenó, a partir de una denuncia de Movimiento Ciudadano, que el partido Futuro sustituir un promocional de televisión en el que no identifica auditivamente que la persona que aparece es su candidato a presidente municipal de Zapopan, Pedro Kumamoto, ni al responsable del mensaje, es decir, no cumple con las disposiciones legales establecidas en el artículo 91 de la Ley General de Partidos Políticos.

 

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