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Protege juez a 3 familias migrantes tras orden de demoler albergue en Reynosa

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Juan Fernando Alvarado López, juez Séptimo de Distrito en el estado de Tamaulipas, concedió la protección de la justicia federal a tres familias migrantes que habitaban el albergue “Senda de Vida”, tras la orden de demolición del mismo. Imagen tomada de Google Maps
28 de abril de 2024 09:04

Ciudad de México. Juan Fernando Alvarado López, juez Séptimo de Distrito en el estado de Tamaulipas, concedió la protección de la justicia federal a tres familias migrantes que habitaban el albergue “Senda de Vida”, y ordenó a diversas autoridades municipales de Reynosa, así como a la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) y a la Sección Mexicana de la Comisión Internacional de Límites y Aguas entre México y los Estados Unidos, que las reubiquen en un lugar digno y seguro.

Al resolver un juicio de amparo, promovido por migrantes en representación de sus hijas e hijos menores de edad, el togado argumentó que las autoridades vulneraron el derecho humano de los migrantes a ser trasladados a un lugar digno y seguro, establecido como una obligación y responsabilidad reconocidas a nivel internacional, luego de ordenar la demolición del albergue en el que se encontraban.

También dijo que los migrantes tienen reconocidos sus derechos humanos sin importar su estatus migratorio y no deben sufrir ningún tipo de discriminación y que, tras la orden de desalojo y demolición del inmueble ubicado sobre el Bordo del Río Bravo, reiteró las familias que ahí se encontraban quedaron en situación de vulnerabilidad.

En la sentencia sostuvo que conforme a los estándares internacionales “no es admisible que el Estado Mexicano limite unilateralmente su jurisdicción para dejar fuera de su protección a personas que en realidad se encuentran bajo su resguardo, pues independientemente de su estatus migratorio tienen reconocidos sus derechos humanos y por tanto no deben sufrir ningún tipo de discriminación”.

La resolución recuerda que existen diversas formas en las que los migrantes pueden permanecer en el país, entre ellas como visitante, residente temporal o permanente, y para ello deben cumplir con los requisitos que establece el marco normativo nacional y deben ser tramitadas ante el Instituto Nacional de Migración; no obstante, su situación migratoria no es obstáculo para el ejercicio de sus derechos y libertades reconocidos en la Constitución e instrumentos nacionales.

Las familias migrantes, de nacionalidad hondureña y salvadoreña solicitaron el amparo y la protección de la justicia federal en contra de actos del Titular de la Sección Mexicana de la Comisión Internacional de Límites y Aguas entre México y Estados Unidos, con sedes en Ciudad Juárez, Chihuahua y en Reynosa, Tamaulipas, así como de autoridades municipales de esta última ciudad, entre otras.

Indicaron que, en el desalojo del inmueble, no existió un juicio de por medio que cumpliera con las formalidades esenciales del procedimiento, ni un mandamiento escrito de la autoridad que fundara y motivara las razones del desalojo y demolición del inmueble.

 

 

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