Ciudad de México. La medallista olímpica Gabriela Agúndez ganó el amparo que interpuso contra la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade), por lo cual, el organismo dirigido por Ana Gabriela Guevara deberá regresarle la beca económica que le fue suspendida desde el año pasado.
La clavadista, quien junto con Alejandra Orozco conquistó la medalla de bronce en Tokio 2020 en la prueba de plataforma 10 metros sincronizados, interpuso interpuso una demanda en febrero pasado para que dicho organismo le devolviera su beca deportiva basada en los resultados que obtuvo en el Campeonato Mundial de Natación Fukuoka Japón 2023, donde quedó en el cuarto lugar en la plataforma individual.
Para recibir el apoyo económico, la Conade solicitaba a los atletas el Registro Único del Deporte (RUD) de la Federación Mexicana de Natación, el cual era imposible de conseguir debido a que el propio organismo comandado por Guevara desconoció a la FMN.
“Por tanto, procede conceder el amparo y protección de la Justicia Federal, para el efecto que una vez que quede firme la presente sentencia, las autoridades de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte emitan un oficio en el que consideren los requisitos efectivamente satisfechos por la quejosa Gabriela Belém Agúndez García y que son responsabilidad de éste, relacionados con su solicitud de beca económica deportiva por los resultados obtenidos en el Campeonato Mundial de Natación celebrado en Fukuoka Japón 2023, sin exigirle elementos que están fuera de su alcance jurídico y material como aquellos que deben ser expedidos por la Asociación Deportiva Nacional competente”, indica el documento de la sentencia definitiva dictada por el Juez Cuarto de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, Ulises Oswaldo Rivera González.
“Es un hecho trascendente porque estamos hablando de una atleta que es medallista olímpica y lo que eso representa para el país. Es increíble que a los deportistas de ese nivel les den ese trato.
“En este caso, el juez determinó que la Conade no puede estar exigiéndole a los atletas requisitos que son de imposible cumplimiento. Además, (la determinación) se basa también en la obligación de ley de la Conade, que dentro de sus facultades y obligaciones está la de proveer a los atletas que nos van a representar en las máximas justas deportivas los medios y recursos idóneos para competir”, explicó el abogado Luis Jiménez.
Detalló que a partir de esta sentencia, la Conade aún tiene diez días para “presentar recursos de revisión”, pero confió en que el organismo no empleará esta medida.
“En el caso del también clavadista Jahir Ocampo no utilizaron este recurso, tal vez ya se dieron cuenta de que están haciendo el ridículo, así que esperamos que en esta ocasión tampoco se presenten”, precisó.