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Ordenan a derogar delito de aborto en Congreso de Jalisco

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El GIRE precisó que “este logro es parte de una estrategia jurídica nacional impulsada por GIRE en colaboración con otras organizaciones a principios de 2022 con el objetivo de que a ninguna mujer, hombre trans o persona no binarie gestantes, ni al personal de salud o a las personas que acompañan, se les criminalice por aborto. Foto @LegislativoJal
25 de abril de 2024 15:42

Ciudad de México. El Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) informó que al resolver el Amparo en Revisión 344/2023, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito declaró, por unanimidad, inconstitucionales los artículos que prohíben de forma absoluta el aborto voluntario en el Código Penal de Jalisco.

Además, ordenó al Congreso local derogar el delito de aborto autoprocurado y consentido. “Con esta decisión, Jalisco se conviertirá en la decimotercera entidad en despenalizar el aborto”.

La agrupación precisó que “este logro es parte de una estrategia jurídica nacional impulsada por GIRE en colaboración con otras organizaciones a principios de 2022 con el objetivo de que a ninguna mujer, hombre trans o persona no binarie gestantes, ni al personal de salud o a las personas que acompañan, se les criminalice por aborto.

Recordó que con base en la sentencia de la Corte que, al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 148/2017 sobre el delito de aborto en el Código Penal de Coahuila, el 7 de septiembre de 2021 determinó la inconstitucionalidad de la prohibición absoluta del aborto consentido, se presentaron demandas de amparo contra los códigos penales estatales y el Código Penal Federal.

“La resolución de este amparo, presentado por las organizaciones locales Centro de Acompañamiento, Desarrollo e Investigación Feminista, Centro de la Diversidad y los Derechos Sexuales, Omeyocan, Psicoterapia, Sexología y Desarrollo, Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo y Colectivo Latinoamericano Emma Goldman en contra del Código Penal de Jalisco retoma los criterios establecidos por la Corte en el caso de Coahuila y el caso de Aguascalientes, en el que el 30 de agosto de 2023 determinó como obligación del Congreso local eliminar las normas que criminalizaban de forma absoluta el aborto consentido; y el caso del Código Penal Federal, en el que el 6 de septiembre de 2023 reiteró la inconstitucionalidad de la penalización absoluta del aborto y ordenó al Congreso de la Unión derogar el delito de aborto en dicho Código”.

Destacó que “aplaudimos los pronunciamientos novedosos emitidos por el Tribunal Colegiado en materia de laicidad, igualdad y no discriminación, así como de la importancia de la autonomía individual, reproductiva y el vivir de manera libre de estereotipos de género e imposiciones”.

Tras celebrar la decisión del Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito llamó a los demás Tribunales Colegiados para que “los amparos que hemos presentado en contra de los códigos penales estatales se resuelvan con los estándares más altos de derechos humanos, como en los casos de Aguascalientes y Jalisco”.

También que “apliquen los precedentes y criterios ya establecidos por la SCJN en materia de aborto y autonomía reproductiva y se ordene a los congresos locales derogar, en el periodo de sesiones ordinario en el que se les notifique, el delito de aborto autroprocurado y consentido”.

Asimismo, “exigimos que se garantice el aborto como un servicio de salud esencial al que las mujeres, hombres trans y personas no binaries gestantes pueden recurrir”.

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