La marca Google Diseño fue declarada caduca de manera definitiva dado que el gigante tecnológico “no pudo demostrar su uso en México durante el lapso de tres años”, de acuerdo al fallo unánime de tres magistrados que analizaron el expediente.
La empresa había registrado esa y otras tres marcas pero el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) dio a conocer que no acreditó que fueran utilizadas por lo que debían ser canceladas. Se informó que en este caso el registro quedó abierto por si hay interesados que cumplan los requisitos.
La sala especializada en materia de propiedad intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), integrada por tres magistrados, ratificaron que el IMPI tiene la razón y caducó el registro de Google Diseño.
La empresa había interpuesto un recurso para solicitar que se anulara el fallo del instituto, que se declarara el juicio sin materia y que se negara el interés jurídico luego de que el abogado y activista mexicano Ulrich Richter Morales se percató de la falta de uso de los registros de marca. Ninguna de las tres peticiones de Google procedió, de acuerdo con la resolución.
En noviembre pasado la empresa perdió cuatro marcas relacionadas con servicios o productos, por no probar su utilización al menos en un plazo de tres años, de acuerdo con el dictamen realizado por el IMPI. (La Jornada, 29 de agosto de 2024).
Las marcas estaban relacionadas a productos como protector labial, productos de madera, marfil, ámbar, conchas y espejos; preparaciones para blanqueador y lavado de ropa; así como servicios de donación a organizaciones corporativas, entre otras.
El análisis del IMPI se hizo a partir del recurso interpuesto por el propio Richter Morales y aplicó paracuatro marcas. La resolución de tres más será dada a conocer en breve por el Tribunal.
El antecedente de los litigios con el abogado Richter Morales inició por la negativa de la empresa a aceptar que tenía oficinas con domicilio en México y por ello Google rechazaba dar respuesta a la demanda por daño moral a él y a su esposa por una publicación en un blog hospedado por la empresa tecnológica. Para probar que sí tenía domicilio en la Ciudad de México, el abogado investigó que Google tenía marcas cuyo registro solo podía obtener si tenía domicilio en nuestro país.
En el juicio por daño moral, la justicia mexicana -en dos instancias-, ha dado la razón a Richter Morales y mandata a Google pagarle por la negativa de retirar la información falsa de su plataforma, contra lo que se ha amparado la empresa y ahora el caso lo analizará la Suprema Corte de Justicia de la Nación.