Tras subrayar que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se está excediendo en sus funciones al asumir por si sola la decisión de anular la prisión preventiva oficiosa -derivado de una resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos -, la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde, advirtió que de invalidar el articulo 19 de la Constitución, impactaría en la posible liberación de 68 mil presuntos delincuentes: 11 mil 640 acusados de homicidios; 7 mil 150 de secuestros; 5 mil 617 de violación y 4 mil 13 de narcotáfico, entre otros.
En la conferencia presidencial, dijo que aunque esta resolución obliga a todo el estado mexicano, la SCJN atrajo la sentencia oficiosamente para interpretarla y cómo México debe darle cumplimiento” descalificando otras opciones, entre ellas, una obvia, es que el Congreso de la Unión debería analizar estas modificaciones.
Señaló que ante esta preocupación, el Gabinete de Seguridad envió una carta a cada uno de los ministros de la Corte expresandoles los alcances de tomar esta decisión porque, tan sólo en el estado de México, desactivar la prisión preventiva oficiosa, implicaría la liberación, con riesgo de fuga de 21 mil 718 presuntos delincuentes. En Jalisco 8 mil 342 y en Veracruz 4 mil 554, cuando en gran medida la cantidad de personas en esta condición obedece a la gran tardanza en los procesos legales que hay en el Poder Judicial.
Aseguró que esto coloca en riesgo a testigos y las víctimas que las han acusado, personal de las policías y las fiscalías, propios juzgados, riesgo a población en su conjunto, comision de de los nuevos delitos, seguridad nacional porque están asociados al crimen organizado con capacidad económica y operativa con alto riesgo de darse a la fuga.
Alcalde dijo que la Corte se excede en sus facultades y pretende tomar una decisión sin dimensionar lo que significa paz y seguridad por lo que el gabinete determinó enviarle la carta para advertir de los riesgos.
Según la funcionaria, ningún estado, gobierno o tribunal extranjero puede ordenar a México modificar su constitución, régimen político. Hacerlo sería un acto inadmisible de injerencia.
Aunque la Constitución y los tratados internacionales tienen la misma jerarquía, cuando una norma internacional se opone a una norma nacional, debe prevalecer siempre la Constitución. Es un criterio se ha tomado en otras ocasiones.