Ciudad de México. La Secretaría de Gobernación publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), en su edición vespertina, el acuerdo por el que se da a conocer la aplicación temporal para nacionales peruanos de la visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas, es decir, turismo, actividades deportivas, artísticas, estudios, entre otras, a partir del 20 de abril.
En el documento se advierte que la medida se tomó debido a que se ha identificado “un incremento sustancial” de peruanos que ingresan al territorio nacional con la finalidad de realizar acciones distintas a las permitidas por la condición de estancia de visitante sin permiso para llevar a cabo actividades remuneradas.
La SG señaló que parte de esta situación se refleja en los filtros migratorios con la identificación de personas “cuyo perfil no se ajusta al del visitante o turista genuino y presentan inconsistencias en su documentación o información, robusteciendo la posibilidad de que un número significativo de personas pretendan utilizar la supresión de visa indebidamente”.
Por lo anterior, la dependencia federal en coordinación con la Secretaría de Relaciones Exteriores determinó la aplicación temporal del requerimiento de visa en pasaportes ordinarios a los peruanos que pretendan ingresar a territorio nacional como visitantes sin permiso para realizar actividades remuneradas.
Cabe recordar que este tipo de visa había sido suprimida desde el 9 de noviembre del 2012, como parte de los acuerdos entre los países que integran la Alianza del Pacífico (Chile, Colombia, México y Perú).