Ciudad de México. El magistrado del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Reyes Rodríguez Mondragón, perfila revocar un acuerdo del INE que ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador bajar de sus redes sociales una supuesta conferencia matutina del 5 de febrero.
Ese día, el mandatario efectuó la “Ceremonia de exposición de las iniciativas de reforma a la Constitución” en el recinto Parlamentario de Palacio Nacional, pero no encabezó la conferencia que acostumbra de lunes a viernes, pues fue inexistente.
Sin embargo, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE determinó que si la Comisión de Quejas y Denuncias ya había ordenado al presidente López Obrador modificar la conferencia del 6 de febrero porque repitió manifestaciones que hizo en la presentación de sus reformas, también se debía eliminar de las redes la conferencia del 5.
Sin embargo, el titular del Poder Ejecutivo impugnó ante la Sala Superior este acuerdo al señalar que hubo censura previa, además de que dicha unidad tomó atribuciones que no le corresponden y no se le dio la oportunidad de argumentar y probar de manera previa a la emisión del acuerdo su garantía de audiencia.
Debido a estas omisiones, el magistrado del TEPJF propone en su proyecto de sentencia que se revoque el acuerdo de la UTCE, porque carece de facultades y es la Comisión de Quejas quien debe tomar la decisión.
Rodríguez Mondragón señala en su proyecto que esto no se hizo conforme a derecho, pues es la Comisión de Quejas y Denuncias quien tiene la atribución de resolver sobre el otorgamiento de las medidas cautelares y no la UTCE.
“En ese sentido, las autoridades electorales deben hacer un análisis ponderado y diferenciado de la actualizaciòn de las infracciones atendiendo las particularidades de las conductas denunciadas, caso por caso, a fin de identificar los principios y valores que se deben de proteger, sin tergiversar ni actualizar las infracciones de forma automática”, señala el proyecto de resolución que deberá analizar el pleno del TEPJF.