Zacatecas, Zac. En sesión extraordinaria, este martes el Congreso local aprobó la modificación de un decreto de donación al IMSS, de un terreno con una superficie de 70 mil metros cuadrados en la ciudad de Guadalupe, que en el año 2022 el mismo poder legislativo aprobó, para construir ahí un Hospital de Tercer Nivel, y que debía ser construido en un plazo no mayor de 2 años, o de lo contrario, causaría reversión, a favor del donante: el ayuntamiento de esa demarcación, conurbada con la capital de Zacatecas.
El 30 de abril del 2022, se publicó el Decreto número 94, en el Periódico Oficial del Gobierno de Zacatecas, mediante el cual se autorizó al ayuntamiento de Guadalupe, enajenar en la modalidad de donación, un terreno de siete hectáreas, a favor del IMSS, para la construcción del primer Hospital General Regional de Tercer Nivel, en esta zona conurbada.
Pero a un mes de cumplirse el plazo de dos años para que cause efectos la reversión de esa donación –ya que, por causas desconocidas, el IMSS no ha iniciado la obra-, éste martes el pleno de la legislatura de Zacatecas determinó aprobar una modificación al decreto de donación, donde de entrada, se reduce la categoría del nosocomio previsto, pasando del Tercer Nivel (de altas especialidades), a un hospital de Primer Nivel, es decir de atención general básica, que contará con 216 camas.
Además, en el decreto se modificaron los términos de la cláusula de reversión, respecto al plazo límite previsto para su construcción, pasando de dos a cinco años, otorgándole la posibilidad al IMSS, de que erija el inmueble hasta el año 2027.
En el decreto original, se estipulaba expresamente que “la presente donación es condicionada, por lo que deberá asentarse en la escritura que el uso del bien inmueble deberá ser única y exclusivamente del Hospital General de Tercer Nivel, cualquier otro uso, causará la aplicación de la cláusula de reversión en favor del Patrimonio del Municipio de Guadalupe, Zacatecas”.
Asimismo, se instruía en el texto de 2022, que “la construcción del complejo médico deberá iniciarse en un plazo no mayor de dos años, por lo que, de no ser así, causará la aplicación de la cláusula de reversión”.
El congreso del estado certificó además la propiedad jurídica del bien inmueble y su traspaso legal a favor del Instituto Mexicano del Seguro Social, “por lo que esta asamblea autoriza la celebración del acto jurídico, con la finalidad de que se otorgue certeza jurídica del predio en cuestión y se beneficie a la población del lugar con la realización del proyecto contenido en el expediente”.
Con las modificaciones aprobadas este martes 13 de febrero al decreto original, además de haberse degradado la categoría de atención que brindará el nosocomio a cargo del IMSS, se incluyó la ampliación para el arranque de su ejecución: “la construcción del complejo médico deberá iniciarse en un plazo no mayor a cinco años, a partir de la publicación del respectivo Decreto”.