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Presentan recurso de revisión a aval de reapertura de Plaza México

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El pasado domingo 28 de enero, activistas en contra de la reapertura de la Plaza de Toros México marcharon hacia ese recinto en protesta por la reanudación de corridas taurinas. Foto Pablo Ramos
01 de febrero de 2024 12:24

Ciudad de México. La Asociación Justicia Justa interpuso un recurso de revisión en contra de la decisión de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que se revise la sentencia con la cual se autorizó la reapertura de la Plaza de Toros México.

Mediante un recurso de revisión de suspensión, la organización civil solicitó a la Presidencia de la Corte que se analice la decisión tomada por la Segunda Sala el pasado 26 de enero con el cual autorizó la reanudación de corridas de toros en el la Plaza México, con lo cual se consolidó y validó jurídicamente la sentencia emitida en diciembre pasado en contra de la suspensión que había obtenido la asociación civil Justicia Justa, y que permitió que el domingo pasado la plaza reabriera sus puertas a la fiesta brava.

A través de la lista de notificaciones, el máximo tribunal del país dio a conocer la interposición del recurso de revisión, por lo cual se informará de ello a la empresa Tauro Plaza México, Sociedad Anónima de Capital Variable; asimismo a la compañía Diversiones y Espectáculos ETM, y al director de lo Contencioso del Congreso de la Ciudad de México, al Congreso de la Unión y de otras autoridades.

De esa manera buscan combatir y que se analice nuevamente el resolutivo con el cual se determinó: “se niega la suspensión definitiva a Justicia Justa Asociación Civil”, y se declaró infundado un recurso de revisión presentado, esto dentro del expediente 2/2023 en lo que se refiere a la revisión de un incidente de suspensión”.

En diciembre pasado, la Corte avaló el proyecto presentado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, y por unanimidad los ministros consideraron que la asociación Justicia Justa, que presentó la solicitud de amparo, no acreditó tener una afectación inminente e irreparable que hiciera necesaria una medida cautelar en lo que se resuelve el fondo del juicio, que corresponde a un juzgado de primera instancia.

Este jueves se dio trámite al oficio a través del cual “el actuario judicial adscrito a la Secretaría General de Acuerdos de este alto tribunal transcribe el proveído de 16 de enero de 2024 en el que se admitió a trámite la contradicción de criterios 9/2024 y en atención a lo solicitado, remítase a la presidenta de este alto tribunal copia certificada de la resolución dictada en el presente asunto y comuníquese que el criterio sustentado se encuentra vigente”, señala el documento firmado por Hugo Altamirano Gómez.

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