El no haber disuelto un matrimonio previo, la minoría de edad o que haya parentesco consanguíneo de los contrayentes son los principales motivos para solicitar la nulidad de matrimonio, informó la jueza Octavo Familiar de Proceso Oral, Laura Mejía Sosa.
La impartidora de justicia del Poder Judicial de la Ciudad de México precisó que el más recurrente es contraer nupcias ante un juez del Registro Civil con otra pareja sin haber disuelto uno previo ante un juez familiar.
De suceder, se debe iniciar un juicio para obtener una sentencia que anule el nuevo vínculo matrimonial y para ello se cuenta con 10 jueces de oralidad en materia familiar, quienes se encargarán de desahogar un juicio en el que se emita una sentencia.
En dicha sentencia, explicó, se establecerá si efectivamente el matrimonio está afectado por una causa que lo anule, lo cual no es lo mismo que un divorcio, pues en éste los esposos pueden llegar a acuerdos o convenios que permitan la disolución del vínculo matrimonial.
Mientras, “en el caso de una nulidad de matrimonio tendremos un tiempo mayor respecto a la duración del juicio, porque se cita a uno de los cónyuges en contra del otro, y tras esta acción se determinará si este matrimonio está afectado por alguna causa de nulidad”, dijo.