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Absuelven de delincuencia organizada a José Antonio Rico, coacusado de Collado

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El empresario abandonó esta madrugada el Reclusorio Norte. Foto Cuartoscuro / Archivo
29 de diciembre de 2023 14:17

El Primer Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal, con sede en la Ciudad de México, absolvió de los cargos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita al empresario José Antonio Rico Rico, quien era coacusado del abogado Juan Collado Mocelo, lo que abre la puerta a que el litigante que ahora enfrenta su proceso en libertad, pueda obtener una sentencia similar en el caso en el que está acusado de los mismos delitos por la presunta venta ilícita de un inmueble en el estado de Querétaro.

En una audiencia realizada ayer y cuya sentencia fue dada a conocer este viernes se determinó revocar la sentencia condenatoria que se había dictado a Rico Rico y que era de 15 años y seis meses de prisión, de los cuales ya había pasado más cuatro años en prisión.

Rico Rico se desempeñó como presidente del Consejo de Administración de Caja Libertad, cuando ocurrion los hechos por lo que él y Juan Collado fueron detenidos y acusados por la Fiscalía General de la República, sin embargo en la apelación el tribunal colegiado resolvió que no se acreditaron los delitos imputados, como en su momento lo señalaron los abogados del empresario, quienes aseguraron que su cliente era inocente de los cargos tal y como lo estableció un primer peritaje de la delegación de la FGR en el estado de Querétaro.

El empresario quien había estado preso en el Reclusorio Norte --en donde Juan Collado también había permanecido encarcelado, pero del cual salió tras obtener un cambio de medida cautelar en septiembre pasado--, fue liberado de manea inmediata y esta madrugada abandonó las instalaciones carcelarias.

En su sentencia, los integrantes del Primer Tribunal Colegiado de Apelación en Materia Penal, consideraron que no se cumplieron los requisitos que marca la ley respecto de la acusación de delincuencia organizada ya que la conducta no era reiterada y los recursos involucrados en la compra-venta del inmueble que ahora se ha convertido en un centro comercial, no tenían origen ilícito.

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