Ciudad de México. La Ley de Salud Mental y Educación Emocional de Jalisco, que contenía disposiciones que permitían internar contra su voluntad a una persona que se sospechara tiene un padecimiento de este tipo, fue invalidada en su totalidad por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Este asunto se comenzó a discutir desde principios de noviembre y originalmente se había decidido no invalidar la ley en su totalidad, pues se consideró que contenía disposiciones que eran útiles para la salud mental de la comunidad.
Por ello se encomendó a la ministra ponente, Margarita Ríos Farjat, quien desde el principio proponía la invalidez total de la ley, que presentara otra propuesta invalidando solo algunos artículos y dejando vigentes a la mayoría.
Sin embargo, este jueves, al retomar el asunto, el ministro Luis María Aguilar Morales señaló que la ley impugnada contenía normas que permitían el internamiento involuntario, es decir, sin el previo consentimiento informado del paciente, y no sólo de personas cuya condición mental necesite de esta medida, sino también de menores de edad e individuos en condiciones de vulnerabilidad.
Por ello planteó invalidar “también otras disposiciones que puedan afectar directamente los derechos e intereses de las personas con discapacidad, por ejemplo, los que se refieren genéricamente al “bienestar mental”, cuyos destinatarios, previstos en el título segundo, incluye a niñas, niños, adolescentes, personas en situación vulnerable, personas adultas mayores, así como personas en centros de reinserción social o especializados para adolescentes.”
Este planteamiento permitió a la ministra Ríos Farjat insistir en su propuesta original de invalidar toda la ley, pues explicó que, aunque algunos de sus artículos tienen objetivos loables es difícil determinar hasta que punto puede afectar los derechos de las personas con discapacidad.
De esta manera, se puso a votación el proyecto original de la ministra Ríos, por invalidar toda la Ley, el cual logró la mayoría calificada de ocho votos.
Los efectos del fallo son que la ley sea invalidada dentro de un año y que en este plazo el congreso de Jalisco realice una consulta con todas las formalidades legales para que este sector de la población manifieste su opinión sobre toda norma.