La Secretaría de Marina-Armada de México (Semar) publicó su nuevo código de conducta para todo el personal civil, naval o de la marina mercante, con el cual busca evitar “actos de corrupción, incurrir en conflictos de intereses, cometer acoso sexual, hostigamiento sexual u acoso laboral, así como cualquier otra conducta que trasgreda la dignidad de las personas”.
El instrumento que entrará en vigor mañana, fue dado a conocer a través del Diario Oficial de la Federación, y el ordenamiento establecido por el secretario de Marina, almirante José Rafael Ojeda Durán, señala que el Código de Conducta “es un instrumento que busca orientar el comportamiento ético de las personas servidoras públicas de esta Institución en su labor diaria, con la finalidad de lograr una vida institucional más armoniosa en busca de la excelencia para generar un mayor bienestar personal, profesional e institucional, garantizando un ambiente laboral libre de violencia en apego a los derechos humanos”.
De esa manera, refiere el decreto, se busca erradicar cualquier situación que trasgreda los principios, valores o reglas de integridad durante las labores que desempeñan los servidores públicos de la institución, por lo que han sido identificados como riesgos éticos el hostigamiento y acoso sexual, el acoso laboral, la inobservancia de los principios de respeto que regulan su “actuación, desempeño y cooperación”, o que conllevan incumplimiento de sus funciones, atribuciones o comisión asignada.
Todos los integrantes de la Semar deberán firmar una carta compromiso “en la que asentarán que conocen, comprenden y darán cumplimiento a dicho instrumento” y con ello se comprometen a “promover, respetar, proteger y garantizar la dignidad de todas las personas basado en el trato digno, libre de violencia y discriminación que por cualquier motivo atente contra la dignidad humana” y principalmente no se toleren actos de hostigamiento y acoso sexual y/o laboral.
Asimismo, puntualiza que todos los que integran la Semar deberán “rechazar todo tipo de regalos, obsequios, compensaciones, prestaciones, dádivas, servicios o similares, con motivo del ejercicio de nuestra función, empleo, cargo o comisión, que beneficien a su persona o familiares hasta el cuarto grado en línea recta o transversal, por consanguinidad o afinidad”.
Establece que todo elemento o personal deberá informar a la persona superior jerárquica de los conflictos de intereses o impedimento legal que “puedan afectar el desempeño responsable y objetivo” de sus facultades y obligaciones.