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Partidos no tienen manera de dar vuelta al fallo del TEPJF sobre paridad: Humphrey

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La consejera electoral Carla Astrid Humphrey durante la sesión extraordinaria del Instituto Nacional Electoral, en la sede central. Foto Cuartoscuro / Archivo
09 de noviembre de 2023 15:00

Tras el fallo de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) “no hay manera de que los partidos le den la vuelta” a su obligación constitucional en materia de paridad, dijo Carla Humphrey, consejera del Instituto Nacional Electoral (INE).

Subrayó que es obligatorio que los partidos cumplan con las reglas y que no solo postulen al menos a cinco mujeres en las nueve gubernaturas y jefatura de gobierno de la Ciudad de México, sino que lo hagan en entidades donde las candidatas tengan posibilidades reales de triunfo.

Aunque el TEPJF confirmó el acuerdo del INE en la materia, Humphrey señaló que persisten las resistencias, en particular de un partido (Movimiento Ciudadano) que ha impugnado distintos temas relacionados con la paridad, no solo de la postulación sino aquel que ordena a los partidos elevar a las candidatas de 40 a 50 por ciento el financiamiento y espacios en radio y televisión.

La consejera presidenta, Guadalupe Taddei, dijo que la resolución del Tribunal fue "extraordinaria".

Puntualizó que si los partidos no cumplen, podría incluso cancelarse el registro de algún candidato.

Reiteró que el esquema 5-4 es piso, no techo. “Por supuesto que a mí me encantaría que los partidos postularan a nueve mujeres”.

Como dijo el magistrado presidente, “cada una de las argumentaciones jurídicas llevan a puerto seguro, sin embargo, la mayoría se impuso para que quedara a salvo el acuerdo del INE. Las interpretaciones del magistrado ponente (que perdió la votación) son totalmente respetables pero fue minoría”.

Por su parte, la consejera Claudia Zavala, quien de último momento reforzó la argumentación jurídica del acuerdo del INE, rechazó que el INE haya incurrido en error u omisión al no ejercer la facultad de atracción, uno de los argumentos del magistrado ponente y del demandante, Movimiento Ciudadano.

"Legalmente tenemos la facultad de atraer cuando es competencia del Ople (instituto electoral estatal), pero la misma Sala Superior dijo que la competencia era de los congresos tanto el de la Unión y los locales, para regular el tema de paridad. Incluso en el incidente de incumplimiento el mismo tribunal reconoce que hay congresos que no han cumplido".

"Entonces, cómo vamos a atraer lo que no es competencia de los Oples sino de los congresos, por lo que no es un argumento válido (decir) que no ejercimos facultad de atracción".

En cuanto a Yucatán, única entidad que sí tiene regulado el tema de paridad (marca que si en 2024 se elige a una mujer, en 2030 debería ser hombre o viceversa), Zavala rechazó que el INE sea "derogador" de leyes locales. "Lo que pusimos fue una regla de ajuste".

 

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