Ciudad de México. La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia de la Sala Regional Especializada que declaró la inexistencia de las infracciones atribuidas a asociación civil “Que siga la democracia”, consistentes en colocar propaganda a favor del presidente de la República durante el proceso de revocación de mandato.
La resolución se tomó por mayoría de votos de Felipe Fuentes Barrera, Mónica Aralí Soto Fregoso y del magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón. En contra votaron Janine Otálora Malassis y Felipe de la Mata Pizaña,
La controversia tiene origen en el marco del proceso de revocación de mandato del presidente de la República que se realizó el diez de abril de 2022.
Los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, de la Revolución Democrática, Movimiento Ciudadano, y diversas personas presentaron quejas en contra del presidente de la República, Morena y de la asociación civil “Que siga la democracia” por la colocación de publicidad masiva con la intención de influir en la ciudadanía.
La Sala Regional Especializada declaró inexistente la infracción y en consecuencia los partidos mencionados acudieron ante la Sala Superior.
El pleno consideró que no existía material probatorio suficiente para poder concluir que la asociación civil “Que siga la democracia” orquestó una estrategia publicitaria en contravención de la normativa electoral, porque “si bien era coincidente el material denunciado con el material que puso a disposición la asociación en su página web, no se logró demostrar la existencia de un vínculo entre las personas que contrataron los espacios publicitarios y la asociación civil”.