Monterrey, NL. La Secretaría de Medio Ambiente de Nuevo León estableció una nueva normativa para el manejo de residuos en viviendas y negocios, con el objetivo de proteger a los osos de la región, en tanto su incumplimiento dará origen a multas y sanciones.
La Norma Ambiental Estatal Emergente NAE-SMA-009-2023 establece lineamientos para el almacenamiento de la basura en zonas forestales y de interfaz con zonas urbanas, con el fin de evitar que los osos ingieran objetos peligrosos para su salud.
La norma hace énfasis en la importancia de evitar que los osos tengan acceso a los contenedores de basura, los cuales suelen contener plásticos y otros objetos que pueden enfermarlos e incluso matarlos.
Además, se busca reducir las posibilidades de que los osos bajen a las zonas habitadas en busca de alimento.
Estudios han demostrado que se ha establecido una población residente de plantígrados en las inmediaciones de la mancha urbana, sobre todo en el sur del área metropolitana de Monterrey.
Lo anterior al identificar la disponibilidad de alimento proveniente de los residuos, las hembras de oso negro tienen sus crías en la cercanía de esta fuente artificial de alimento..
De acuerdo con la normativa, las viviendas cercanas al hábitat de los osos, catalogadas como generadoras de hasta 27.4 kilos diarios promedio de residuos, deben colocar su basura en recipientes con tapa que no puedan ser abiertos por los osos u otros animales.
En caso de no contar con contenedores adecuados, los residuos sólidos urbanos deben permanecer al interior de las viviendas o establecimientos comerciales, fuera del alcance de la fauna silvestre.
Además, se establece que la basura solo puede ser colocada en la banqueta los días designados por la autoridad municipal o el servicio de recolección de basura privada, en horarios específicos.
Los municipios con desarrollos en zonas forestales y áreas naturales protegidas cuentan con reglamentos de limpieza, para establecer los horarios de recolección.
Asimismo, los grandes generadores de residuos, como hoteles, cabañas, parques y restaurantes, ubicados en zonas protegidas, deberán modificar su sistema de almacenamiento de residuos para evitar el acceso de la fauna silvestre.
Este sistema debe ser validado por la oficina de Parques y Vida Silvestre de Nuevo León, y puede ir desde un lugar de almacenamiento cerrado hasta el uso de contenedores especializados.
Se ha establecido un plazo de 4 meses para que los establecimientos afectados realicen los ajustes necesarios en su sistema de almacenamiento de residuos.
Aquellas personas físicas o morales que incumplan con estas disposiciones estarán sujetas a sanciones establecidas en la norma.