El debate acerca de los fideicomisos del Poder Judicial demostró, a mi ver, dos realidades sobre las que será necesario profundizar mediante un análisis sereno con argumentos y datos. Una de ellas, es el tema de esos contratos que como trasfondo tienen los cuantiosos recursos depositados para fines específicos, en instituciones financieras estatales y una o dos en bancos privados. En mi opinión, en el asunto hubo mala información; cuando pudo explicarse no se hizo y se originaron malentendidos de ambas partes que aún persisten. La propuesta para destinar el dinero para apoyar a los damnificados por el huracán Otis abrió finamente una posibilidad de diálogo y esclarecimiento de conceptos y propuestas.
La crítica a los fondos acumulados por décadas, por el Poder Judicial provino inicialmente del Poder Ejecutivo, pero la ejecución legal para su desaparición y la orden de que los fondos sean entregados a la hacienda pública es una ley aprobada por el Poder Legislativo, poder al que se refiere mi colaboración de hoy. La Cuarta Transformación (4T) inició el cambio de fondo empezando por el Poder Ejecutivo, en el cual, obligaciones y responsabilidades recaen en una sola persona. Cada uno de los otros dos poderes, se integra por una pluralidad de personas con ideologías, orígenes e intereses diferentes y, por tanto, con opiniones distintas.
En el Poder Legislativo hemos visto cambios importantes, pero también la continuidad de viejas prácticas heredadas del sistema derrotado en 2018 y actitudes que van lentamente superando vicios e inercias, pero con tropiezos y a veces nuevos vicios. Se trata de un esfuerzo impulsado por el espíritu de la transformación que está en camino y es necesario alentar.
Como aportación teórica hago referencia a un precedente y a una propuesta teórica a la que el impulso renovador abre paso, quizá lentamente, pero venciendo obstáculos.
El precedente legislativo tuvo lugar durante la Asamblea Constitutiva de la Ciudad de México cuando al iniciar sus trabajos acordó que el órgano encargado del orden del día y de la dirección de los trabajos, equivalente a la llamada Cocopa, no sesionará en secreto; había cámaras y los constituyentes podían asistir a las sesiones.
La propuesta teórica está en la redición de un libro, de hace ya casi 20 años, que el Centro de Estudios de Derecho e Investigaciones Legislativas de la Cámara de Diputados decidió poner nuevamente en circulación; es Teoría del derecho parlamentario, de mi autoría, editado inicialmente por Oxford en 1999.
En ese libro se plantea como necesario, incluir en los planes de estudio de las facultades y escuelas de derecho la materia de derecho parlamentario e incluir esta rama normativa como integrante del derecho público, con autonomía respecto de otras materias cercanas. Es justo mencionar que en la portada de esta segunda edición aparece la reproducción de una parte del alto relieve en madera del artista mexicano Adolfo Mexiac que se encuentra en el vestíbulo del Palacio Legislativo de San Lázaro y que la publicación ha resultado gracias al interés del director del Centro, doctor Juan Carlos Cervantes; al del director de Estudios Jurídicos, doctor Marcial Cruz Vázquez, así como del secretario de Servicios Parlamentarios, doctor Hugo Cristian Rosas.
La propuesta radica en plantear como principios sustantivos de la vida del parlamento, la libertad tanto colectiva como individual de los parlamentarios, que no deben estar sujetos a consignas o presiones. Se destaca la disposición constitucional según la cual los diputados representan a la nación, no a su distrito, ni a su estado, ni siquiera a su partido, responden a su propia conciencia y al interés nacional.
Se analizan, asimismo, otros principios necesarios para que dentro de ambas cámaras del Poder Legislativo la actuación sea plenamente democrática y republicana; uno de ellos, el principio de información oportuna y suficiente para participar en los debates y ejercer el derecho al voto; la tradición era que toda la información estaba reservada al Poder Ejecutivo, ahora existen instituto y dependencias que proporcionan los datos y los precedentes para que los legisladores en sus funciones estén bien informados.
Se propone también el principio de igualdad, dado que el voto de todos, incluidos coordinadores o integrantes de la mesa directiva, tienen un valor igual, un legislador un voto; superando la antigua práctica según la cual en los grupos parlamentarios los coordinadores o “pastores” de los grupos parlamentarios y pequeñas camarillas, eran los protagonistas de la vida de las cámaras. Finalmente, se analizan los principios funcionales de orden y decisión mayoritaria.
Los poderes Judicial y Legislativo, al igual que el Ejecutivo, actúan en nombre de la soberanía popular; son representantes de la nación y se requiere, en mi opinión, que se acelere el paso de su transformación para ir a la par con las exigencias de un pueblo informado y participante.