Ciudad de México. A fin de disminuir el riesgo a la integridad de una niña de seis años y, al mismo tiempo, evitar que sea utilizada por su progenitor para ejercer violencia vicaria en contra de su madre, la Jueza Quinto de Distrito en el Estado de Morelos, Martha Eugenia Magaña López, garantizó el derecho a las convivencias de fin de semana entre padre e hija, que deberán realizarse en un lugar seguro y bajo supervisión de personal especializado.
La impartidora de justicia concedió un amparo a la madre de la menor, quien se inconformó con una resolución previa de la Tercera Sala Civil del Primer Circuito Judicial del Tribunal Superior de Justicia de la entidad.
Al respecto, la jueza federal reconoció que ese Pleno no juzgó con perspectiva de género, ni tomó en cuenta los antecedentes que constaban en el expediente. Para evitar que se replique una situación en la que el padre utilice a la niña para causar sufrimiento a su ex pareja, determinó la aplicación de medidas cautelares.
Al resolver el amparo indirecto 238/2023, la juzgadora incluyó un resumen de la sentencia en formato de lectura fácil dirigido a la niña, en la que le explica: “por el momento verás a tu papá en un lugar especial donde una doctora estará presente y ayudará a que todo sea más divertido
y seguro”; añade que la persona que les acompañará en los encuentros servirá como medio de comunicación y “me puede decir todo lo que tú quieras, si estás contenta o triste, yo te contestaré rápidamente”.
La jueza Magaña López analizó y resolvió el caso con perspectiva de género y de protección a la infancia. Ponderó sobre sí la decisión de que las convivencias entre la menor y su progenitor se llevaran a cabo de forma libre y sin supervisión, vulneraba o no el interés superior de la niña.
Concluyó que la respuesta a dicha interrogante es positiva pues consideró incorrecto que se ordene que las convivencias se llevan a cabo “sin tomar en consideración que la niña puede ser sustraída por su papá”, quien no asistió a las terapias de sensibilización que le fueron decretadas.
El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) informó que en este caso, detalla la sentencia, existen situaciones de poder que por cuestiones de género dan cuenta de un desequilibrio entre las partes, una de ellas, que los derechos de la mujer fueron vulnerados pues asegura que sufrió maltrato por parte de su pareja.