El Poder Judicial se encuentra en el ojo del huracán; ni la historia de México ni la opinión pública se habían ocupado, salvo excepciones, de él. Es, y creo que así ha sido siempre, el tercero en ser nombrado tanto en tratados y estudios sobre el tema como en las constituciones; el texto alusivo de la nuestra, el artículo 49, textualmente dice lo siguiente: “El supremo Poder de la Federación se divide para su ejercicio en Legislativo, Ejecutivo y Judicial”.
La división de poderes es un instrumento práctico, que obedece a la necesidad de prevenir que el poder se concentre; la distinción tiene un fin formal, no de esencia; el poder soberano es uno solo y su titular es el pueblo, pero para fines pragmáticos y ante la necesidad de evitar excesos de los gobernantes, se adopta la doctrina de la división de poderes. Lo que establece nuestra ley suprema es que el poder es uno, pero “se divide para su ejercicio”, sólo para su ejercicio, en tres ramas, cada una con sus funciones específicas. Uno de éstos es el judicial, el tercero de la lista, pero tan soberano como los otros y tan necesario como ellos; existe porque de antaño se tiene la convicción de que los límites del poder sólo pueden ser efectivos si éste no se concentra y si los diversos organismos que lo comparten, en nombre del pueblo, se limitan y equilibran unos a otros. Así lo esbozó Aristóteles, así lo desarrolló Montesquieu en El espíritu de las leyes y de esta manera ha sido aceptado en forma generalizada. La doctrina de la división de poderes fue redescubierta en Francia por la Asamblea Nacional, en la Constitución de 1789, la misma que por primera vez reconoció los derechos del hombre y del ciudadano.
El argumento político consiste en reconocer que con la división de poderes se evitan abusos y unos a otros se moderan; se oponen al absolutismo y a la monarquía, y como hoy este tercer poder es motivo de discusiones y propuestas de reformas, es muy oportuno hablar de él. El Presidente afirma que requiere una transformación profunda y que enviará al poder reformador de la Constitución un proyecto de cambios; como servidor público, ciudadano y militante de Morena, estoy inmerso en el tema y creo que debemos estar pendientes de la propuesta y, desde luego, estudiarla.
Recuerdo algunos precedentes de los que he sido testigo, casos en los que la Corte evadió atender situaciones políticas de fondo. Durante muchos años, en el artículo 97 de la Constitución se otorgaba a la Corte la facultad de “averiguar” violaciones a los derechos humanos y violaciones al voto público; con motivo de atropellos electorales en Yucatán y Baja California, el Partido Acción Nacional de aquella época solicitó formalmente la intervención del alto tribunal, pero éste se negó a usar de esa facultad. Otro caso más reciente sucedió cuando se privatizó el petróleo, la Corte se cerró e impidió una consulta popular sobre el tema y otro más, el mismo alto tribunal dio la espalda al derecho social en un litigio de la Cooperativa Pascual.
Ahora, el Presidente señala casos de resoluciones contrarios a la justicia y al interés popular, mientras la Cámara de Diputados impulsa la cancelación de varios fideicomisos de los que son beneficiarios el Poder Judicial, pero también servidores públicos que forman parte de éste.
Conviene aclarar, para conocer un poco más de qué se trata, que el Poder Judicial tiene peculiaridades; es el único de los tres que no es electo, el único que exige un título profesional a los integrantes que ejercen en representación del pueblo la soberanía, deben ser abogados o licenciados en derecho y, también, su número es indefinido, pues crece día a día; en el Ejecutivo y en el Legislativo sabemos que los titulares son uno en el primero, el Presidente, y en el legislativo 500 diputados y 128 senadores, pero jueces y magistrados siempre van en aumento, puesto que al crecer la población, aumentan los conflictos y es necesario crear nuevos tribunales para su atención.
Para entender bien el problema, se debe saber que, sin contar la Corte y el Tribunal Electoral, cerca de 40 mil servidores públicos en 918 órganos judiciales sirven en el Poder Judicial.
Entre ellos, se encontrarán competentes e incompetentes, honrados y corruptos, trabajadores y flojos, como en todas partes. Creo que, para afrontar la necesidad de reforma, se debe tener serenidad y conocimientos; saber de qué estamos hablando, que se trata de un poder en constante expansión y que quienes discutan la reforma que propondrá el Presidente deben estar plenamente conscientes de las diferencias y de la estructura del Poder Judicial. No es fácil, pero hay que saber muy bien de qué se trata y hacia dónde vamos.
Respecto a los fideicomisos, analizar a fondo su naturaleza y pensar que el mismo Poder Judicial puede proponer reducciones a su presupuesto, y que de ambas partes debe haber voluntad de colaboración y no de conflicto.