Ciudad de México. El juzgado 16 en materia administrativa con sede en la Ciudad de México, concedió una “suspensión de plano” para que el presidente Andrés Manuel López Obrador “se abstenga de realizar expresiones que puedan contener un discurso de odio que incite a generar confrontación, ataque o violencia de cualquier tipo hacia los manifestantes del Poder Judicial de la Federación (PJF) y acompañantes que asistan a la marcha del 22 octubre”.
A través de un resolución dictada el pasado jueves, y que fue dada a conocer este viernes a través de la Lista de Acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) se informó que el juzgado antes mencionado aceptó a trámite el amparo interpuesto el pasado 17 de octubre, un día después de que los trabajadores sindicalizados del PJF iniciaron movilizaciones en contra de que el Congreso de la Unión iniciara el proceso que modifica la existencia de 13 fideicomisos que opera el PJF.
En el juicio de amparo se reclama de manera directa la “orden de golpear a los manifestantes” por ser violatorios de los artículos constitucionales 1, 6, 14, 16, 22 y 123.
El recurso fue presentado formalmente por una persona que se identificó como Raul Eduardo Lugo Salgado, y a quien se le hizo una prevención para que en los próximos días señale que otras personas más recibirán el beneficio de esta protección de amparo.
En la demanda, se señala como autoridad responsable a la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) de la Ciudad de México.
La resolución establece: se concede la suspensión de plano “para el efecto de que las autoridades responsables se abstengan de inmediato de ejercer todo acto que tienda a vulnerar la integridad física de los miembros del Poder Judicial de la Federación, y en general de quienes participen en la manifestación que se llevará a cabo el 22 de octubre del año en curso en la Ciudad de México; asimismo, para que protejan, respeten y garanticen el derecho humano a manifestarse de quienes asistan a dicho evento colectivo, siempre y cuando no se afecten derechos de terceros”.
Asimismo, se señala que se concede la suspensión de plano “para el efecto de que sin invadir el ámbito de facultades de la autoridad responsable Presidente de la República, se abstenga de realizar expresiones que puedan contener un discurso de odio que incite a generar confrontación, ataque o violencia de cualquier tipo hacia los manifestantes del Poder Judicial de la Federación y acompañantes que asistan a la marcha del 22 de octubre del año que transcurre
Las autoridades serán notificadas de “la suspensión de plano decretada en el presente acuerdo, a fin que den cumplimiento a la mencionada medida cautelar y, de ser el caso, emitan las instrucciones necesarias a efecto de acatar tal mandamiento, lo que deberá acreditar con constancias fehacientes a este órgano jurisdiccional, dentro del plazo de 24 horas, contado a partir de la siguiente (hora) a la en que queden legalmente notificados”.