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Emite CNDH recomendación a OADPRS por omitir atención por Covid a presos

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La CNDH constató la falta de atención médica por covid-19 de cuatro reclusos del Cefereso 11 en Hermosillo, Sonora. Foto ‘La Jornada’
20 de septiembre de 2023 11:50

Ciudad de México. Al constatar que servidores públicos del Centro Federal de Readaptación Social número 11 (Cefereso 11) en Hermosillo, Sonora, omitieron en 2021 proporcionar la atención médica necesaria y suficiente a cuatro personas privadas de su libertad que habían dado positivo a Covid-19, tres de las cuales fallecieron por complicaciones, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió una recomendación al Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social (OADPRS) de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana.

Derivado de lo anterior, solicitó al OADPRS que colabore en la inscripción de las víctimas y sus familiares en el Registro Nacional de Víctimas, con el fin de que proceda a la inmediata reparación integral del daño, así como colaborar ampliamente en la presentación y seguimiento de la denuncia administrativa que la CNDH presente ante el Órgano Interno de Control, en contra de los involucrados para que se realice la investigación respectiva y resuelva lo que conforme a derecho proceda.

También pidió que se implementen los protocolos óptimos para mitigar y controlar los riesgos para la salud en la población originados por el virus SARS-CoV-2 en el Cefereso 11, así como aquellos para asegurar que los internos con sospecha o confirmados de Covid-19 sean aislados; que se les realice toma de muestra y los estudios necesarios para confirmar o descartar dicha patología, así como que se proporcione la atención médica requerida por cada caso en particular.

En la Recomendación 134/2023, la CNDH expuso que el 2 de agosto de 2021, la CNDH recibió queja de una persona anteriormente privada de la libertad en el Cefereso 11, quien señaló que mientras permaneció privada de la libertad había dado positivo a Covid-19 y autoridades penitenciarias no le habían proporcionado la atención médica ni los cuidados que requería.

Por otra parte, mediante escrito oficial del 23 de septiembre de 2021, suscrito por una visitadora adjunta de la CNDH, se comunicó el fallecimiento de tres personas privadas de su libertad por complicaciones de la citada enfermedad, por lo que, dado que se trataba de hechos semejantes y de la misma autoridad responsable, se determinó anexar el acta circunstanciada al expediente, a fin de investigar si la atención médica fue adecuada y oportuna o si la falta de ella derivó en los decesos señalados.

El 9 de septiembre de 2022, personal de esta Comisión Nacional realizó un análisis de cada caso y determinó que en cuando a las tres víctimas fallecidas, la atención médica que se les brindó no fue adecuada ni oportuna, ya que desde el mes de julio de 2021, cuando iniciaron con los primeros síntomas, las personas servidoras públicas encargadas de su atención tenían la obligación de efectuar las medidas de prevención y control pertinentes para garantizar, proteger y restaurar su salud.

Cabe resaltar que dos de las víctimas contaban con antecedente de enfermedades respiratorias y afecciones médicas, lo cual propició las probabilidades de que presentaran un cuadro grave.

Mientras que, en el caso de la tercera víctima no existe evidencia escrita del seguimiento médico que se le brindó, ni de si se llevaron a cabo acciones de aislamiento y seguimiento en observación con los pacientes. Nada de ello se registró en las notas de valoración del personal médico, lo cual fue en su perjuicio y puso en riesgo a la demás población penitenciaria por no tomar alguna medida de aislamiento.

 

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