derecho a la libre competencia, así como la transición energética y el principio de
irretroactividad de la leyy derechos adquiridos en el sector eléctrico. Se centra en tres instrumentos que se modificaron con la RLIE, los cuales son, certificados de energía limpia (CEL), orden de despacho por costos unitarios, y contratos de cobertura con compromiso de entrega física (CEF). Su argumentación es errónea, ya sea por desconocimiento del sector energético o por alguna otra razón, su sentencia tendrá todos los efectos contrarios de lo que dice que busca proteger.
Comencemos con los famosos derechos adquiridos
de los permisionarios en el sector eléctrico. Al argumentar que la RLIE modifica la esfera jurídica y los derechos adquiridos
, el ministro está pasando por alto un precedente de la primera sala de la SCJN, la tesis de jurisprudencia 83/2022 aprobada el 8 de junio de 2022, en la cual se estableció que los permisionarios (de energía eléctrica) no cuentan con derechos adquiridos. Los permisos se condicionan al cumplimiento de las normas aplicables en la materia, las cuales están sujetas a reformas y modificaciones, según requiera el interés público. La emisión de modificaciones legales a la norma no implica afectación a derechos adquiridos. Resulta interesante que se haya omitido, por completo, del análisis dicha tesis de jurisprudencia.
Después, el proyecto argumenta que los CEL no deben modificarse, puesto que incentivan la transición energética y el cuidado al ambiente
. Esto es totalmente falso, la revista Nature (https://bit.ly/3Xjw1oC) publicó un estudio el cual concluye que usar estos certificados no incentiva de ninguna manera la generación de energía limpia, es más, genera efectos contrarios y pone en peligro la integridad de las metas de reducción de emisiones de CO2 de quien los utiliza.
En cuanto al orden del despacho, tenemos que recordar que actualmente se despacha
usando los costos marginales (CM), es decir, se permite la entrada de la electricidad al sistema, de acuerdo con el CM de la tecnología de la planta que la produzca, ordenando de menor a mayor y pagando a todos el CM más alto requerido para cubrir la demanda. Los costos marginales son mayoritariamente los costos de combustibles. Los CM no son todos los costos, faltan los costos fijos (CF). El ministro argumenta que al ordenar de menor a mayor CM se protege la libre competencia y que usar CM protege el ambiente, puesto que permite que las intermitentes, que no usan combustibles (solar y eólica) accedan primero a la red.
Esto es totalmente falso, y así lo ha demostrado la Agencia Internacional de Energía Renovable (Irena). En un estudio (https://bit.ly/3VftmKL) publicado en Agosto de 2022, la Irena reconoce que usar CM promueve la generación a través de energía fósil, limita el acceso de nuevas fuentes limpias, alenta la transición energética y puede generar inestabilidad social. Argumenta que lo mejor son contratos de largo plazo, con base en costos unitarios, tal como la RLIE propone. También, un comisionado de la Comisión Reguladora de Energía de EU (FERC), Mark Christie, quien (https://bit.ly/3sYxWo0) llama a repensar estos mecanismos (CM). Argumenta correctamente, que el sector energético tiene una alta barrera de entrada en los costos de capital iniciales, los cuales al usar CM no pueden ser recuperados en su totalidad y sólo aquellos que tengan subsidios o el tamaño suficiente pueden volverse rentables. Esto (usar CM), en opinión del comisionado, promueve el rentismo y afecta la competencia.
Por último, los CEF pretenden que cada generador entregue la cantidad de energía en el tiempo y el lugar que el suministrador de servicios básicos lo requiera, como sucede en cualquier industria. Todo proveedor se sujeta a un programa y debe cumplirlo. Imagine que usted tuviera un negocio, y sus proveedores le dijeran le voy a traer 100 unidades en la semana, no sé a que hora ni cuántas cada día, pero usted me las tiene que recibir, si necesita más de las que traigo, cómprele a otro, si necesita menos rente una bodega y las guarda, el problema es suyo
. Así funciona hoy el sistema y CFE está obligado a recibir electricidad de esa manera. Usar CEF, disminuye costos, mejora la competencia, reduce emisiones de CO2, y promueve la construcción de nueva capacidad de generación, esto de acuerdo con un estudio (https://bit.ly/44OtYvi) de Google y la Universidad de Berlín.
Si la sentencia del ministro no protege el ambiente, ni la competencia, ni la transición energética, entonces ¿qué protege?
Twitter: @aloyub