Ciudad de México. La resolución de ayer, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) es una “vergüenza para el sistema judicial” ya que “se aparta del marco constitucional e internacional de derechos de los pueblos indígenas” y vulnera la automonía de esos medios de comunicación.
Esta semana, los magistrados rechazaron los recursos de apelación (SUP-RAP-149/2023 y SUP-RAP-150/2023) interpuestos por las emisoras Tosepan Limaxtum y Cholollan Zacatepc en contra de la reforma al Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral. Dichas modificaciones obligan a las radios comunitarias a transmitir promocionales de partidos políticos.
Ante ello, la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC) México, Redes por la Diversidad, Equidad y Sustentabilidad y las radios indígenas Tosepan Limakxtum y Cholollan Zacatepec, agregaron que el fallo “además, omite elementos básicos de un razonamiento jurídico pues, aunque no hay prueba alguna de que se realizó una consulta a las radios indígenas, se afirma que ésta existió”.
Señalaron que "ante este escenario, continuaremos la estrategia nacional de defensa legal y llevaremos el caso a instancias internacionales”.
Sostuvieron que el Tribunal “partió de premisas falsas en su resolución”, entre ellas “considerar que haber consultado a la AMARC México, era suficiente para cumplir con el requisito de consulta a las radios indígenas”, ello pese a la la asociación “no representa a la totalidad de radios indígenas” y además “la misma AMARC, mediante comunicado de fecha 20 de julio de 2023, se deslindó de dicha consulta y expresó su preocupación por la violación de derechos que implicaban dichas reformas”.
Advirtieron que “si el TEPJF y el Instituto Nacional Electoral (INE) están empeñados en desconocer los derechos de los pueblos indígenas, nosotros pondremos el mismo empeño en ejercerlos con o sin su reconocimiento”, por lo cual no incluirán en sus barras programáticas espots de institutos políticos.
Cuatro magistrados de los seis presentes, confirmaron la resolución del INE que reformó el Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral, la cual fue impugnada por Radio Tosepan Limakxtum y Radio Cholollan Zacatepec “al haber sido emitida sin previa consulta a las radios indígenas, así como por violar la autonomía de dichas radios al imponerles la publicidad de partidos políticos”.
Los integrantes de las emisoras sostuvieron que “el Tribunal decidió ignorar el derecho a la consulta y cerrar los ojos al trato desigual y discriminatorio que el INE da a las radios indígenas. Mientras que para dicha reforma se realizó una amplia consulta y negociaciones con la Cámara de la Industria de la Radio y Televisión (CIRT), para las radios indígenas no tuvo la mínima intención de convocarlas”.