Ciudad de México. Una vez más, un tribunal colegiado ordenó la liberación inmediata del fiscal general de Morelos, Uriel Carmona, y continúe su proceso fuera de prisión por su presunta responsabilidad en el delito de encubrimiento por favorecimiento.
Sin embargo, el fallo no implica que salga de prisión, ya que el viernes de la semana pasada, la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México cumplimentó otra orden de aprehensión en su contra, por su presunta participación en el delito de feminicidio, en su calidad de auxiliador.
Ese día, policías de investigación acudieron al penal de máxima seguridad del Altiplano para notificar al servidor público de esta nueva imputación, luego de que la fiscalía capitalina encontrara evidencias, de que Uriel en su cargo de fiscal general, tras conocer el feminicidio de Ariadna Fernanda, ocurrido en octubre del año pasado en el la Ciudad de México, posiblemente no aplicó el protocolo de actuación y, además, hizo declaraciones a través de las cuales señaló “que se encontraban ante hechos atípicos del delito de feminicidio”.
Durante una sesión extraordinaria, el Décimo Tribunal Colegiado en materia Penal ordenó la liberación de Carmona Gándara. Por unanimidad, los magistrados Elisa Álvarez y Reynaldo Manuel Reyes Rosas aprobaron el proyecto de su homólogo Carlos López Cruz, quien propuso concederle la suspensión provisional al fiscal de Morelos para que se deje sin efectos la prisión preventiva justificada, porque argumentaron que no contraviene disposiciones de orden público y tampoco afecta el interés social.
López Cruz determinó que existe el riesgo de que la medida cautelar vulnere el fuero constitucional de Carmona Gándara.
“Se estima que son fundados los agravios encaminados a combatir los efectos de la concesión de la suspensión provisional respecto de la prisión preventiva justificada, ya que, en un ejercicio del análisis de la apariencia del buen derecho, existe la probabilidad de que el quejoso goce de la prerrogativa de inmunidad procesal y que la privación de la libertad, derive en un acto inconstitucional. Por otra parte, también se considera que el otorgamiento de la suspensión no contraviene disposiciones de orden público”.
En caso de ser liberado Uriel Carmona deberá presentarse ante el juez de la causa penal del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México. Asimismo, tendrá que comparecer ante la jueza de amparo para que firme el libro de control semanalmente y entregar su pasaporte.
“Una vez que el quejoso se encuentre provisionalmente restituido en su libertad y a disposición del juez de amparo, deberá sujetarse a diversas obligaciones, entre ellas comparecer ante el juez de control dentro de las 24 horas siguientes a las que obtenga su libertad para continuar con el proceso penal seguido en su contra; también debe comparecer ante el juez de amparo para firmar el libro de control de quejosos el día lunes o el día hábil siguiente”.
Se argumenta que no se respetó el fuero del fiscal
El 1 de septiembre, el mismo tribunal colegiado ordenó la liberación inmediata del fiscal general de Morelos y que continuara su proceso fuera de prisión por el presunto delito de obstrucción a la justicia.
Los impartidores justicia resolvieron que no se respetó el fuero local y federal del fiscal, quien en ese entonces permanecía en el reclusorio sur de la Ciudad de México.
El fiscal fue detenido el pasado 4 de agosto en su domicilio en Cuernavaca por autoridades de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, y luego vinculado a proceso. Hace una semana, fue trasladado al Centro Federal de Readaptación Social número 1 “El Altiplano”, en Villa de Almoloya de Juárez, estado de México, donde en la actualidad permanece privado de la libertad.