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Sancionarán a taxistas de apps sin Constancia de Registro de Semovi

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Las modificaciones al reglamento buscan mejorar el servicio del transporte público de taxi individual en beneficio de la ciudadanía. Foto Víctor Camacho /Archivo
10 de septiembre de 2023 11:46

Taxistas que ofrecen servicios por medio de plataformas o aplicaciones como: Uber Cabify y Didi, entre otras, que no cuenten con la Constancia de Registro que otorga la Secretaría de Movilidad se harán acreedores a sanciones que van de los 25 mil 750 pesos a los 41 mil 496 pesos. 

Dicha sanciones están establecidas en el Decreto por el que se reforman diversas disposiciones del Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, publicado en la gaceta oficial del gobierno de la Ciudad de México, el pasado 8 de septiembre.

De acuerdo con el artículo 237 bis, los servicios por aplicación que no cuenten con dicha Constancia serán sancionados con una multa de 250 a 400 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente en la Ciudad de México.

La UMA en Ciudad de México equivale a 103.74 pesos por lo que una sanción por 250 UMA, equivaldría a 25 mil 750 pesos, y una por 400 UMA equivaldría a 41 mil 496 pesos.

El decreto establece que las Constancias de Registro Vehicular tendrán vigencia de un año a partir de la fecha de expedición. 

Éstas podrán renovarse dentro de los treinta días naturales previos a la conclusión de su vigencia, para lo cual, la persona moral titular de la Constancia de Registro deberá cumplir con los pagos establecidos en el Código Fiscal de la Ciudad de México.

Aquellas Constancias de Registro Vehicular en las que haya transcurrido un año o más a partir de su fecha de expedición y cuya persona moral titular no haya realizado su renovación, quedarán sin efectos.

De la misma forma el decreto establece que no se podrán registrar a los servicios de taxis aplicación vehículos con matrículas asociadas a una concesión vigente para prestar el Servicio de Transporte Público de Pasajeros Individual (taxis tradicionales) en la Ciudad de México, ni motocicletas.

En ningún caso, la persona moral titular de la Constancia de Registro podrá establecer condiciones de exclusividad para las personas conductoras o vehículos dados de alta en sus plataformas informáticas para el control, programación y/o geolocalización en dispositivos fijos o móviles.

Los vehículos que presten el Servicio de Transporte de Pasajeros Privado Especializado con Chofer en la Ciudad de México, deberán realizar una validación vehicular anual, que se compondrá de, al menos una revisión documental y un proceso de inspección físico-mecánica conforme lo determine la Secretaría.

Las modificaciones al reglamento buscan mejorar el servicio del transporte público de taxi individual en beneficio de la ciudadanía, consideraron, líderes de taxistas tradicionales. 

Bruno Gonzalez de la Alianza de Taxistas de la CDMX, dijo que el Decreto prohíbe al taxis tradicional participar en las aplicaciones tecnológicas 

A partir de las citadas modificaciones buscarán incrementar la difusión de la aplicación “Mi taxi”, la idea es que la ciudadanía, “nos vea de diferente manera, con la cromática oficial, con capacitación para poder tratar mejor a la mujer”.

Incluso dijo, se lanzará el  número *765 de atención para las mujeres, “lo que buscamos es que la ciudadanía nos vea diferente y que vuelva a tener como alternativa hacer uso de taxi”.

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