Ciudad de México. Los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinaron que el presidente Andrés Manuel López Obrador vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, e hizo uso indebido de recursos públicos, luego de que en su conferencia mañanera del 27 de marzo pasado llamó a no votar por la oposición en el marco de la discusión del Plan B en materia electoral.
Ese día dijo: “Que no se vote por el bloque conservador para que siga la transformación, ni un voto a los conservadores. Sí a la transformación. Ese es el plan C, ya lo aplicamos en 2018. Fue el pueblo el que dijo ‘basta’ y se inició la transformación”.
En sesión pública, la Sala Superior confirmó, por unanimidad de votos, la resolución emitida por la Sala Regional Especializada en la que declaró la existencia de las infracciones citadas, así como el incumplimiento de la medida cautelar girada al presidente López Obrador.
La controversia tuvo origen en las quejas presentadas por el PRD en contra del Presidente; de Jenaro Villamil, titular del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, y quien resultara responsable por las expresiones referidas, las cuales fueron retomadas por diversos medios de comunicación y publicadas en las redes sociales de uno de los denunciados, durante los procesos electorales de Coahuila y el estado de México.
Por otra parte, en la sesión, el magistrado José Luis Vargas retiró su proyecto por el que se confirmaba un Acuerdo dictado por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del INE por el que se desechó la denuncia presentada por Morena en contra del Frente Amplio por México, por una presunta vulneración a los principios de legalidad, certeza y equidad, derivado de la implementación de la plataforma web y aplicación para recabar el apoyo de la ciudadanía.
Lo anterior, luego de que Janine Otálora, Felipe Fuentes Barrera e Indalfer Infante manifestaron su desacuerdo con la propuesta. La magistrada señaló que permitir que cualquier persona o autoridad recabe fotografías de la credencial de elector y del rostro de la ciudadanía dentro de un proceso partidista implica distintos riesgos, entre otros, que se permitiría la libre circulación de información, cuya recopilación, tratamiento y custodia corresponde al INE de manera exclusiva.
Además, que la autoridad debe investigar a los denunciados por el uso y almacenamiento de datos personales relacionados con la credencial de elector, ya que podía constituir un intento de crear un padrón electoral fuera de los canales oficiales.
Asimismo, los magistrados confirmaron la resolución del Consejo General del INE respecto del procedimiento de queja en materia de fiscalización en contra de Morena, PVEM, PT, así como de Claudia Sheinbaum, Marcelo Ebrard, Adán Augusto, Ricardo Monreal, Gerardo Fernández Noroña, Manuel Velasco y/o quien resulte responsable, por hechos que podrían constituir violaciones a la normatividad electoral, por los recorridos, encuestas, propaganda y publicidad en redes sociales, física exterior y en medios de comunicación relacionados a presuntos actos anticipados de precampaña y/o campaña.
Al revisar una queja del partido guinda, consideraron que la vista a la Unidad de Fiscalización del instituto no causa por sí misma perjuicio alguno a los derechos sustantivos de los señalados.