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Subsidios de hasta 90% a quien genere empleos en Istmo de Tehuantepec

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Obras del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec en imagen de 2021. Foto Presidencia
01 de septiembre de 2023 20:56

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) otorgará subsidios fiscales de entre 50 y hasta 90 por ciento del impuesto sobre la renta (ISR) a los contribuyentes que inviertan en actividades económicas productivas al interior de los Polos de Desarrollo para el Bienestar del Istmo de Tehuantepec. El porcentaje del apoyo fiscal dependerá del número de empleos generados.

Así lo dio a conocer la dependencia, al publicar en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los lineamientos sobre el otorgamiento de dichos apoyos fiscales que habían sido anunciados por el gobierno federal.

El 5 de junio del presente año se publicó en el DOF el decreto por el que se fomenta la inversión de los contribuyentes que realicen actividades económicas productivas al interior de los Polos de Desarrollo para el Bienestar del Istmo de Tehuantepec.

Ello con el objetivo de atraer a ese desarrollo inversiones en actividades industriales, alentar la inversión en la instalación de nuevas plantas productivas que detonen el crecimiento de la economía regional y las fuentes de empleo de forma permanente, se explicó en ese momento.

El Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, uno de los proyectos de infraestructura cruciales del actual gobierno, para abrir un canal para el tránsito de comercio mundial, en una vía directa que conecte el océano Pacífico con el Golfo de México.

Para ello, se pretende abrir una ruta que comunique el puerto de Salina Cruz, en el estado de Oaxaca, con el de Coatzacoalcos, Veracruz, y que consta de cinco polos de desarrollo.

Este 1o de septiembre la Secretaría de Hacienda publicó los lineamientos para poder hacerse acreedores a los estímulos fiscales.

Para aplicar el estímulo fiscal de 50 por ciento del ISR causado, las empresas deberán acreditar al tercer ejercicio fiscal que mantienen el número de empleos por tiempo indeterminado que manifestaron en el proyecto de inversiones nuevas.

Para aplicar el estímulo fiscal superior al 50 por ciento y hasta el 90 por ciento del ISR la empresa deberá acreditar anualmente a partir del cuarto y hasta el sexto ejercicio fiscal que superó el número de empleos por tiempo indeterminado que manifestó en el proyecto de inversiones nuevas al tercer ejercicio fiscal.

Las empresas que logren superar en un 10 por ciento el número de empleos en el ejercicio fiscal correspondiente, gozarán de subsidios de ISR de 60 por ciento; para las que superen el 15 por ciento de empleos generados, el descuento del impuesto será de 70 por ciento; para las que superen en 20 por ciento el número de empleos, el apoyo fiscal será de 80 por ciento y para las que superen en 25 por ciento el número de empleos, el subsidio que aplicará Hacienda será de 90 por ciento.

Requisitos:

El decreto publicado este viernes en el DOF establece que para que los contribuyentes reciban dichos beneficios deberán cumplir, entre otros, con los siguientes requisitos:

a) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

b) Contar con título de concesión vigente o ser propietario de alguna superficie dentro de algún Polo de Desarrollo para el Bienestar.

c) Presentar, en su caso, el proyecto de inversión por el que se otorgó el título de concesión.

d) Tener su domicilio fiscal en alguno de los referidos Polos de Desarrollo para el Bienestar donde desarrollen sus actividades económicas productivas.

 

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