La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la constitucionalidad de la Ley General del Sistema para la Carrera de Maestros y Maestras, vigente desde 2019, que regula el sistema de ascensos y promociones del personal docente. Los ministros señalaron que esta norma no viola los derechos laborales.
El asunto surgió a raíz de un amparo promovido por varias personas que se desempeñan como asesores técnicos pedagógicos en el sistema educativo nacional, quienes denunciaban que la ley que impugnaban había omitido por completo salvaguardas a sus derechos laborales relativas específicamente a la garantía de sus puestos de trabajo, impidiendo su ascenso a inspectores o supervisores de zona.
Tras analizar la norma y contrastarla con la Constitución y otras leyes vigentes, la ministra Yasmín Esquivel Mossa determinó que no existe ninguna restricción, eliminación o desconocimiento de los derechos laborales de estos asesores educativos.
El proyecto de sentencia, que fue aprobado por unanimidad en la segunda sala de la SCJN, señala que dicha ley establece las reglas aplicables a los procesos de promoción, reconociendo los derechos del personal que ya contaba con la categoría definitiva y respetando el incentivo permanente obtenido por quienes se encontraban en el período de inducción.
Se estableció que todos estos profesionales de la educación podrán seguir participando en los procesos de promoción del sistema integral de formación, capacitación y actualización del personal educativo.
Por su parte, las personas que se encontraban en el periodo de inducción y no alcanzaron la categoría definitiva continuarán recibiendo de forma permanente el incentivo asignado y podrán participar en los procesos de promoción establecidos en la nueva ley, en el entendido de que no cuentan con un derecho adquirido, sino con una expectativa de derecho.