Un juez de distrito le otorgó a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) una suspensión provisional, que frena entregarle a Juan Collado Mocelo el acuerdo del no ejercicio de la acción penal que dictó la delegación de la Fiscalía General de la República (FGR) en Querétaro, relacionado al caso Caja Libertad.
Para la defensa, ese documento permitiría a Juan Collado obtener la libertad en el proceso penal que se inició en su contra por delitos de delincuencia organizada y operaciones con recursos de procedencia ilícita.
El fallo se dio luego de que un tribunal colegiado en materia penal revocó el fallo del juez de distrito, quien en junio pasado desechó el juicio de amparo que promovió la UIF para evitar la entrega de los datos de prueba con los que Collado Mocelo busca quedar en libertad.
El impartidor de justicia agendó para el 22 de agosto la audiencia incidental donde se pronunciará si frena de manera indefinida la entrega de dicho dato de prueba u ordena correr traslado a la defensa.
La UIF tramitó la demanda el pasado 9 de junio para impugnar el fallo del 7 del mismo mes en el que se declaró infundado el recurso de revocación, en el cual se requirió a la FGR y la unidad que en un plazo de cinco días hábiles corrieran traslado al defensor particular de Juan Collado el dato de prueba consistente en la determinación ministerial de no ejercicio de la acción penal.
En febrero de este año el titular de la agencia séptima investigadora Querétaro de la FGR, Fernando Ramos López, dictó el no ejercicio de la acción penal a favor de Juan Collado, debido a que la adquisición del edificio sede de Caja Libertad que se realizó en marzo de 2015 por 156 millones de pesos fue legal y no simulada como aseguran autoridades.