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Uriel Carmona obtiene suspensión contra extradición a EU

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Traslado del fiscal de Morelos, Uriel Carmona a la CDMX por parte de la Semar y Fiscalía General de Justicia. Foto Cuartoscuro
07 de agosto de 2023 10:58

Uriel Carmona Gándara, fiscal general de Morelos, obtuvo una suspensión para evitar su extradición a Estados Unidos. En la demanda de amparo que promovió el pasado 4 de agosto, día en que lo detuvieron, aseguró que su entrega al vecino país del norte es “una moneda de cambio” y apuntó que el Departamento de Justicia norteamericano, no incorporó a la su solicitud, la copia certificada de la sentencia condenatoria.

El funcionario fue detenido el fin de semana. Ayer un juez de control del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México lo vinculó a proceso y dictó prisión preventiva justificada como presunto responsable del delito de obstrucción de la justicia, al intentar retardar las investigaciones del feminicidio de Ariadna Fernanda, ocurrido en octubre del año pasado en esta capital.

María del Carmen Sánchez Cisneros, titular del Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en materia Penal en ciudad de México, le otorgó al Uriel Carmona la suspensión de plano, para que las cosas se mantengan como actualmente se encuentran, es decir, para evitar la deportación o expulsión a Estados Unidos, por ello, el servidor público quedará a disposición del juzgado de amparo, en lo que se refiere a su libertad personal en el lugar en que se encuentra recluido y a disposición de la autoridad responsable para la continuación del procedimiento de extradición.

La impartidora de justicia apuntó que la suspensión “únicamente se limita a paralizar” la resolución de extradición en la que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) determinó conceder al gobierno de los Estados Unidos, por lo que no surtirá efectos si dicha orden fue dictada por autoridades distintas de las señaladas como responsables.

La suspensión de plano también tiene efectos para que “las autoridades responsables, de manera inmediata, cesen los actos de incomunicación y tortura psicológica y mediática, así como cualquier otro acto de los contemplados por el artículo 22 de la Constitución”.

Añadió que la salud, seguridad y custodia de la parte quejosa queda bajo la más estricta responsabilidad de las autoridades del Reclusorio Sur, quienes deberán tomar todas y cada una de las medidas para tal efecto.

Requirió al director del Reclusorio Preventivo Varonil Sur, para que, dentro del plazo de 24 horas contado a partir de su legal notificación, informe a este Juzgado Federal, el cumplimiento que haya dado o esté dando a la suspensión otorgada para los efectos mencionados.

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