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INE analizará otra vez si aspirantes de Morena violan la ley

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Fachada de la sede del Instituto Nacional Electoral en la Ciudad de México, el 3 de junio de 2021. Foto Cristina Rodríguez
25 de julio de 2023 15:29

Ciudad de México. Una vez más, la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) analizará si los aspirantes a la coordinación de la defensa de la Cuarta Transformación han incurrido en actos anticipados de campaña.

Así lo ordenó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al revocar el acuerdo de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral, que desechó las medidas cautelares solicitadas por Jorge Álvarez Máynez, diputado de Movimiento Ciudadano. 

El legislador acusó a Claudia Sheinbaum Pardo, Adán Augusto López Hernández, Marcelo Luis Ebrard Casaubón, Ricardo Monreal Ávila, Manuel Velasco Coello y José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña de cometer actos anticipados de precampaña y campaña, al amparo del proceso de elección para la coordinación de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación 2024-2030. 

La controversia surgió con la denuncia en contra de diversos eventos en los que participaron las personas mencionadas.  

La Unidad de lo Contencioso del INE desechó la solicitud de medidas cautelares, dado que en un asunto previo la Comisión de Quejas y Denuncias del INE ya había analizado hechos de similar naturaleza.  

Ante la inconformidad, la Sala Superior revocó – en sesión no  presencial- el acuerdo para el efecto de que la Comisión de Quejas se pronunciara sobre la solicitud de medidas cautelares, para que analice los eventos denunciados y se pronuncie respecto a si, preliminarmente, existen o no actos anticipados. 

El pleno tomó esa determinación por mayoría de votos de los magistrados Indalfer Infante Gonzales, Felipe Alfredo Fuentes Barrera, José Luis Vargas Valdez y del magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón.  

El magistrado Felipe de la Mata Pizaña emitió un voto concurrente y la magistrada Janine Otálora Malassis, votó en contra. Lo anterior, con la ausencia justificada de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso.

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