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Notifica INE a AMLO para que evite pronunciarse sobre temas electorales

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El presidente Andrés Manuel López Obrador durante conferencia matutina. Foto Roberto García / Archivo
17 de julio de 2023 23:14

Ciudad de México. El Instituto Nacional Electoral (INE) publicó en los estrados de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, la notificación dirigida al presidente Andrés Manuel López Obrador con la que le informa del acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del órgano, que establece que debe abstenerse de pronunciarse sobre temas electorales y los aspirantes de la oposición, luego de una queja de la panista Xóchitl Gálvez.

El órgano electoral recurrió a esa forma la notificación debido a que no pudo entregarla de manera física en Palacio Nacional, donde al personal del Instituto le informaron que la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República se encuentra de vacaciones.

La medida avalada por la Comisión de Quejas y Denuncias del INE fue aprobada el pasado 13 de julio, momento desde el cual no había logrado hacer la notificación al mandatario.

Mediante un oficio, la Unidad Técnica de lo Contencioso difundió la relatoría del notificador, al intentar entregar el documento este lunes a las 11 de la mañana.

“Procedí a entrevistarme con una persona del sexo masculino, complexión regular, de aproximadamente treinta y cinco años de edad, quien omitió mencionar su nombre, y quien dijo ser el personal de seguridad del Palacio Nacional y a quien al hacerle saber el motivo de mi visita me manifestó: No señor ya no le puedo dar acceso ya que por el periodo vacacional no se encuentra nadie laborando en todo palacio nacional”.

Además, se le explicó que “ninguna área que tenga que ver con jurídico está laborando, solo la parte cultural que nada tiene que ver, y pues no te puedo dejar ingresar porque al área que tú vas tiene restringido el paso”.

No obstante, la notificación surtió efecto desde las 17:00 horas al publicarse en estrados.

El INE detalló que dicha acción está amparada en con los artículos 460 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como con los artículos 28, 29 y 30 del Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral, y 27 y 28 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

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