Ciudad de México. La Sala Superior del Tribunal Electoral confirmó que Margarita Zavala, diputada federal, difundió propaganda gubernamental prohibida durante el proceso de revocación de mandato, lo que vulneró los principios de imparcialidad y neutralidad.
Morena presentó queja en contra de diversas personas funcionarias públicas de la Ciudad de México y de Zavala, por difundir propaganda gubernamental en redes sociales durante el periodo prohibido y por hacer uso indebido de recursos públicos y violar los principios de neutralidad e imparcialidad.
En el origen del asunto, la Sala Especializada de este mismo Tribunal determinó que Zavala, aun cuando hubiera pretendido responder al presidente de la República sobre declaraciones a su persona, “no atendió a su deber de cuidado que tiene como funcionaria para evitar infringir las normas al difundir propaganda gubernamental durante el periodo prohibido de la revocación de mandato, así como al vulnerar los principios de imparcialidad y neutralidad”.
Ante la impugnación de la aludida, la Sala Superior analizó el caso. A propuesta del magistrado José Luis Vargas Valdez, y con la ausencia justificada del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, confirmó por unanimidad la sentencia regional.
Señaló que la sala consideró todos los argumentos presentados por la diputada y motivó adecuadamente su resolución, ya que “durante el periodo del proceso revocatorio, los sujetos denunciados, incluyendo a la diputada federal, difundieron programas sociales con el objetivo de obtener la aprobación de la ciudadanía sin que se adviertan en las publicaciones denunciadas expresiones dirigidas a debatir o contraargumentar alguna referencia del Ejecutivo federal por parte de la denunciada”.