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Pide Esquivel invalidar 63 artículos de Centros Penitenciarios de CDMX

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La ministra Yasmín Esquivel Mossa en imagen de archivo. Foto Luis Castillo
09 de julio de 2023 14:46

La ministra Yasmín Esquivel Mossa propone invalidar 63 de los 142 artículos de la Ley de Centros Penitenciarios de la Ciudad de México, en un proyecto de sentencia que será discutido este lunes en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Esta norma, expedida el 2 de septiembre de 2021, fue impugnada por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), mediante la acción de inconstitucionalidad 148/2021. La demanda se funda en que el congreso capitalino invadió temas legislativos que son facultad expresa del Congreso de la Unión.

“Así, varias de las disposiciones que contiene la ley inciden en la materia de ejecución penal, tales como la ubicación y derechos de las personas privadas de su libertad, el régimen de visita y comunicación con la persona defensora, traslados, así como las medidas para alcanzar la reinserción social del sentenciado, entre otros".

“Sin embargo, por mandato de la Constitución Federal, es la Ley Nacional de Ejecución Penal, expedida por el Congreso de la Unión, el único ordenamiento encargado de regular todas las cuestiones relacionadas con las normas que deberán de observarse en el internamiento por prisión preventiva, en la ejecución de penas y en las medidas de seguridad impuestas como consecuencia de una resolución judicial; sobre los procedimientos para resolver las controversias que surjan con motivo de la ejecución penal y regular los medios para lograr la reinserción social”, señala la CNDH.

Al pretender normar asuntos que no le corresponden, el congreso capitalino vulnera el derecho a la seguridad jurídica y el principio de legalidad, pues establece una doble regulación respecto a temas que ya están previstos en la Ley Nacional de Ejecución Penal, añade.

Esquivel Mossa propone en su proyecto darle la razón a la CNDH, calificar a su acción de inconstitucionalidad como “procedente y fundada, declara invalidez” de los artículos de la ley local que fueron impugnados.

Por tratarse de una ley ya en vigor, será necesaria una votación por mayoría calificada, de ocho de sus once ministros, para que esta norma sea declarada inválida.

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