Ciudad de México. Por unanimidad de votos, el pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) validó la resolución emitida por el Administrador Desconcentrado Jurídico de Veracruz “1”, del Servicio de Administración Tributaria (SAT), mediante la cual determinó que la empresa Elvag Central Impulsora S.A de C.V, debe pagar más de mil 300 millones de pesos por concepto de Impuesto Sobre la Renta (ISR), Impuesto al Valor Agregado (IVA), recargos y multas por el ejercicio fiscal 2014.
El asunto deriva de la impugnación que presentó la empresa privada a la que se le dictó sentencia por la cual debe pagar más de mil 300 millones de pesos. Sin embargo, la demandante realizó el procedimiento jurídico a través de un escrito enviado por correo certificado por la vía del Servicio Postal Mexicano, ocho horas antes de que concluyera el plazo para impugnar la resolución.
El pleno de la Sala Superior analizó si el medio utilizado por la demandante fue el idóneo para presentar la apelación. La empresa alegó violación a los principios de primacía, subordinación jerarquía y reserva de ley, por parte de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018, la cual fue emitida por el jefe del Servicio de Administración Tributaria.
Los magistrados de Sala Superior del TFJA determinaron que el recurso de revocación correspondiente debió presentarse mediante Buzón Tributario, dentro de los 30 días siguientes en que haya surtido efectos la notificación de la resolución o acto que se controvierte. Además, resolvieron que el jefe del Servicio de Administración Tributaria no cayó en alguna arbitrariedad, ni rebasó su facultad, al emitir la Resolución Miscelánea Fiscal para 2018.